Ley Núm. 121-2013 de 21 de octubre de 2013, para enmendar los incisos C y G del Artículo 1; y los incisos 4 y 8 del Artículo 2, de la Ley 178-2001, a los fines de aclarar las restricciones impuestas por dicha ley a los Secretarios/as de los Departamentos de Hacienda, Justicia y Educación, al igual que para el/la Superintendente de la Policía, de participar en actividades proselitistas y/o de índole político-partidista.

EventoLey
Fecha21 de Octubre de 2013

(P. de la C. 231)

LEY NÚM. 121-2013

21 DE OCTUBRE DE 2013

Para enmendar los incisos C y G del Artículo 1; y los incisos 4 y 8 del Artículo 2, de la Ley 178-2001, a los fines de aclarar las restricciones impuestas por dicha ley a los Secretarios/as de los Departamentos de Hacienda, Justicia y Educación, al igual que para el/la Superintendente de la Policía, de participar en actividades proselitistas y/o de índole político-partidista.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La corrupción y el inversionismo político en el Gobierno es un mal que ha aumentado drásticamente en Puerto Rico durante los pasados años. Funcionarios del más alto nivel del Gobierno han sido señalados, acusados, y encausados, por traicionar la confianza de sus conciudadanos y por aprovecharse ilícitamente de sus puestos en forma contraria a los más altos estándares morales que deben regir la función pública.

La Ley 178-2001 establece las normas de limitación para la participación de ciertos funcionarios del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico en actividades político-partidistas. Estos funcionarios de la más alta jerarquía de la Rama Ejecutiva del Estado Libre Asociado son los/las Secretarios/as de los Departamentos de Hacienda, Educación y Justicia, al igual que el/la Superintendente de la Policía de Puerto Rico.

La Exposición de Motivos de la Ley 178 argumenta lo siguiente sobre la importancia de que ciertos funcionarios de la Rama Ejecutiva sean neutrales y no se dejen llevar por los vaivenes políticos del día a día del Puerto Rico de hoy:

El Estado no puede permitir que los funcionarios del gobierno saquen ventaja político-partidista por razón de los importantes puestos que ocupan. Por otro lado, el Estado también debe proteger a esos altos funcionarios públicos de las amenazas e influencias indebidas de los intereses político-partidistas en el quehacer público.

El funcionario público que utiliza su cargo para adelantar causas ajenas al servicio público, desprestigia el gobierno y afecta su buen funcionamiento. El estado no puede tolerar más y hacerse de la vista larga ante el saqueo de los fondos públicos y la politización en el gobierno. Esta Asamblea Legislativa aspira a establecer las condiciones que sean necesarias para que los funcionarios públicos que ocupen posiciones claves dentro del gobierno estén libres de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR