Ley Núm. 128 de 21 de julio de 2015, para prohibir ciertos actos relacionados con la rotulación, promoción y venta de la miel; clasificar dichos actos como prácticas injustas y engañosas; tipificar como delito la violación a las disposiciones de esta Ley; fijar las multas correspondientes; y para otros fines relacionados.

EventoLey
Fecha21 de Julio de 2015

(P. de la C. 2068)

LEY NUM. 128

21 DE JULIO DE 2015

Para prohibir ciertos actos relacionados con la rotulación, promoción y venta de la miel; clasificar dichos actos como prácticas injustas y engañosas; tipificar como delito la violación a las disposiciones de esta Ley; fijar las multas correspondientes; y para otros fines relacionados.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La agricultura está ocupando un puesto protagónico en los últimos años, no sólo en Puerto Rico, sino a nivel mundial. La posibilidad de una crisis alimentaria ha creado cierto grado de conciencia colectiva sobre la importancia de fomentar la misma, a la vez que se ha redescubierto que puede ser una excelente fuente de ingreso para un país. Si bien es cierto que algunos sectores agrícolas son más productivos que otros, eso no implica que los demás se deban desatender o abandonar.

Según datos estadísticos del Departamento de Agricultura y de la Junta Administrativa del Sector Apícola de dicha agencia, para el año 2007 existían ciento veinticinco (125) apicultores, que mantenían aproximadamente cuatro mil doce (4,012) colmenas de abejas, con una producción de miel de cuatro mil setecientos cuarenta y tres (4,743) galones. El propio Departamento de Agricultura informó que para el año 2012 sólo habían setenta y dos (72) apicultores registrados, con mil seiscientas cuarenta y siete (1,647) colmenas y una producción de miel de tres mil cuatrocientos setenta y dos (3,472) galones. Lo anterior evidencia una disminución en apicultores, pero un aumento en producción de galones de miel por colmena. Aun así, el Departamento de Agricultura estima que para el año 2012 se importó más del noventa y ocho (98) por ciento de la miel que se consume en el País. Para dicho año, la importación total fue de un millón ciento setenta y cinco mil trescientas sesenta y nueve (1,175,369) libras de miel, de las cuales el sesenta y nueve (69) por ciento proviene de la República Dominicana.

Si fortalecemos la industria apícola, Puerto Rico contará con una fuente adicional de empleo estable y permanente que aportará a la disminución del desempleo y generará ingresos para cientos de familias puertorriqueñas. Para robustecer la apicultura en Puerto Rico, entendemos que es necesaria la promulgación de unas normas que la protejan de prácticas que desmerecen la calidad de la miel que se vende. Diversos productos de miel se venden con el logo “100% miel”, lo cual supone que garantiza la pureza del producto. Sin embargo, muchos apicultores han hecho pública su preocupación de que la pureza del producto que circula en los comercios no sea una prioridad para algunos productores. Esto puede causar que la miel que se está llevando a los consumidores sea distinta a lo que desean consumir y, peor aún, a lo que se les hace creer que están comprando. Esa preocupación motivó que se presentara una resolución investigativa en la Cámara de Representantes.

Muchos de los productos hechos en...

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