Ley Núm. 135 de 7 de agosto de 2014, para crear la 'Ley de incentivos y financiamiento para jóvenes empresarios', a los fines de incentivar la retención del talento puertorriqueño y fomentar el regreso de los jóvenes profesionales que han partido de nuestro País; enmendar la Sección 1031.02 de la Ley Núm. 1-2011, según enmendada, conocida como el 'Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico' a los fines de establecer una exención de contribución sobre ingresos para jóvenes de dieciséis (16) a veintiséis (26) años sobre los primeros cuarenta mil dólares ($40,000) de ingreso bruto generados por concepto de salarios, servicios prestados y/o trabajo por cuenta propia; para establecer una exención total de contribución sobre ingresos, patente municipal y contribución sobre propiedad mueble a los Negocios Nuevos establecidos por jóvenes de dieciséis (16) a treinta y cinco (35) años sobre los primeros quinientos mil dólares ($500,000) de ingreso bruto generados durante los primeros tres (3) años de...

EventoLey
Fecha 7 de Agosto de 2014

(P. del S. 1091)

(Conferencia)

LEY NUM. 135

7 DE AGOSTO DE 2014

Para crear la “Ley de incentivos y financiamiento para jóvenes empresarios”, a los fines de incentivar la retención del talento puertorriqueño y fomentar el regreso de los jóvenes profesionales que han partido de nuestro País; enmendar la Sección 1031.02 de la Ley Núm. 1-2011, según enmendada, conocida como el “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico” a los fines de establecer una exención de contribución sobre ingresos para jóvenes de dieciséis (16) a veintiséis (26) años sobre los primeros cuarenta mil dólares ($40,000) de ingreso bruto generados por concepto de salarios, servicios prestados y/o trabajo por cuenta propia; para establecer una exención total de contribución sobre ingresos, patente municipal y contribución sobre propiedad mueble a los Negocios Nuevos establecidos por jóvenes de dieciséis (16) a treinta y cinco (35) años sobre los primeros quinientos mil dólares ($500,000) de ingreso bruto generados durante los primeros tres (3) años de operación; ordenar al Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico la creación de un programa de financiamiento de negocios para jóvenes empresarios y emprendedores que permita el refinanciamiento de préstamos estudiantiles utilizados para obtener la capacidad, especialidad y destrezas requeridas para el establecimiento u operación del negocio; ordenar al Banco de Desarrollo Económico a crear un programa para la Inversión de Capital de Riesgo (Venture Capital) para jóvenes empresarios; para ordenar a la Compañía de Fomento Industrial de Puerto Rico, en conjunto con la Autoridad de Tierras, a crear y mantener un inventario de propiedades inmuebles que puedan ofrecerse a los Jóvenes Empresarios, para el establecimiento de Negocios Nuevos; para añadir un nuevo inciso (aa) y reenumerar los subsiguientes incisos del Artículo 9 del Plan de Reorganización Núm. 1-2010; facultar al Programa de Desarrollo de la Juventud, adscrito al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, en coordinación con la Compañía de Comercio y Exportación, a desarrollar y publicar un Plan de Incentivos para la Juventud y un Plan de Financiamiento para el Desarrollo de Empresas de Jóvenes, estableciendo una alianza inter-agencial y multisectorial que promueva la creación, sostenimiento y expansión de empresas de jóvenes sujeto al compromiso de los participantes de establecerse y crear empresas en Puerto Rico; autorizar al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio a promover y divulgar esta legislación; y para otros fines relacionados.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Los jóvenes son los forjadores del futuro social y económico de nuestro pueblo. La juventud puertorriqueña es vital para el desarrollo económico sustentable de la Isla, ya que es la encargada de garantizar el relevo generacional en la fuerza laboral y de aportar nuevas ideas a la economía del conocimiento. Sin embargo, las estadísticas demuestran que la población de jóvenes en Puerto Rico ha ido disminuyendo continuamente de forma dramática debido a las pocas oportunidades de empleo y de beneficios contributivos, entre otras consideraciones, que los estimulen a permanecer en la Isla, desarrollar una carrera profesional y establecer su propia empresa.

El Perfil del Migrante: 2012, realizado por el Instituto de Estadísticas de Puerto Rico, señala que, según los estimados anuales oficiales preparados por la División de Población del “U.S. Census Bureau”, la población de Puerto Rico continuó disminuyendo en el 2012, al igual que ocurrió en la pasada década. Específicamente, la emigración de puertorriqueños hacia Estados Unidos fue de aproximadamente 75,000 personas, de las cuales 45,707 son menores de 35 años. Igualmente, este estudio actualizó su proyección poblacional para Puerto Rico, utilizando como base los resultados del Censo 2010, donde se estima que la población de Puerto Rico se reducirá gradualmente durante los próximos 40 años, llegando a 2.3 millones de personas en el 2050.

Ciertamente, estas proyecciones suponen graves repercusiones en la sociedad puertorriqueña. Más aún, cuando se proyecta una disminución constante en el grupo de niños menores de 15 años, mientras que el grupo de personas de 65 años o más llegará a sobrepasar el 30% de la población para el 2050. Asimismo, se proyecta que el grupo de personas entre las edades de 15 y 64 años comenzarán a reducirse durante esta década. Al respecto, es meritorio citar parte de las conclusiones del Instituto de Estadísticas:

… Los emigrantes se tornaron levemente más viejos, más educados, y con mayores ingresos que el año anterior. Las características de los migrantes serán determinantes para conocer el impacto de esta dinámica demográfica en Puerto Rico. Es de vital importancia determinar las oportunidades y retos de este fenómeno para desarrollar con prontitud medidas que atiendan las necesidades de la población en Puerto Rico.

Ante este panorama, el cual sin duda representa una merma sustancial en el sector productivo del País y, consecuentemente, sobre el futuro socio-económico de Puerto Rico, resulta impostergable que se tomen las medidas necesarias para garantizar el bienestar general de las futuras generaciones y fomentar un impacto social y fiscal positivo a largo plazo. Información estadística como la antes presentada, evidencia la urgencia de fomentar que la población joven trabajadora decida permanecer y establecerse en la Isla. Existe una necesidad apremiante de que los jóvenes en Puerto Rico se desarrollen profesionalmente y creen un sentido emprendedor, de modo que aporten al desarrollo económico y social sustentable del País. Es por esto que es necesario implementar iniciativas que incentiven a la población joven a gozar de un sentido de pertenencia hacia su País y contribuyan al desarrollo del mismo.

Históricamente se han establecido diversos incentivos contributivos que favorecen a ciertas industrias y sectores en Puerto Rico. Tales beneficios son necesarios, ya que permiten que sectores poblacionales que se encuentran en desventaja económica sean atendidos con justicia contributiva, a la vez que se promueven diversas actividades que benefician al País en general. Asimismo, las exenciones que se proponen en esta Ley promueven la retención, de forma permanente, de los jóvenes profesionales y fomentan el establecimiento de nuevas empresas en la Isla, para así atajar el éxodo del talento joven que hemos experimentado a través de los años.

Mediante esta legislación se crean diversas ventajas competitivas para que el joven profesional trabaje y se establezca en Puerto Rico. Primeramente, se establece una exención total de contribución sobre ingresos por los primeros cuarenta mil dólares generados por los jóvenes, entre las edades de 16 a 26 años, por concepto de salarios, prestación de servicios o trabajo por cuenta propia.

Por otro lado, esta legislación tiene el propósito de fomentar el empresarismo y las iniciativas de negocios de nuestros jóvenes. Según expresó Victor Sedov, Presidente del “Center for Entrepreneurship”, en el “G20 Youth Alliance Summit” llevado a cabo en Rusia durante el mes de junio de 2013:

La crisis económica actual es una de índole estructural. Las industrias emergentes requieren que los jóvenes posean nuevos conocimientos y habilidades empresariales. Los sistemas regulatorios y de impuestos impiden la formación de negocios por jóvenes. Es necesario llevar a cabo cambios sistémicos para ayudar a las nuevas generaciones de jóvenes empresarios a ser exitosos en una economía innovadora del Siglo XXI.

Igualmente, la Administración de Pequeños Negocios (“Small Business Administration”) de los Estados Unidos de América manifestó que reducir los impuestos en los ingresos generados por las empresas de jóvenes ayuda a la supervivencia inicial de las nuevas empresas. Del mismo modo, en Francia se aprobó la ley conocida como “L’éxoneration d’ímpots sur les benefices des entreprise nouvelles crees pour les jeunes”, en la que se ofrece una exoneración contributiva durante los primeros años de operación a las empresas nuevas creadas por jóvenes.

El Estado Libre Asociado de Puerto Rico tiene la responsabilidad de estar a la vanguardia y ofrecer a sus trabajadores las herramientas necesarias para asegurar el...

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