Ley Núm. 162 de 2 de noviembre de 2010, para requerir la promulgación e implantación de Protocolos de Intervención con Víctimas y Sobrevivientes de Agresión Sexual, exigir que estos Protocolos sean implantados cabalmente por las agencias de la Rama Ejecutiva que intervienen con las víctimas y sobrevivientes de agresión sexual, disponer que la Oficina de la Procuradora de las Mujeres y el Instituto de Ciencias Forenses tendrán la potestad y la responsabilidad legal de velar por el fiel cumplimiento de estos Protocolos; y para otros fines.

EventoLey
Fecha 2 de Noviembre de 2010

(P. de la C. 1848)

LEY NUM. 162

2 DE NOVIEMBRE DE 2010

Para requerir la promulgación e implantación de Protocolos de Intervención con Víctimas y Sobrevivientes de Agresión Sexual, exigir que estos Protocolos sean implantados cabalmente por las agencias de la Rama Ejecutiva que intervienen con las víctimas y sobrevivientes de agresión sexual, disponer que la Oficina de la Procuradora de las Mujeres y el Instituto de Ciencias Forenses tendrán la potestad y la responsabilidad legal de velar por el fiel cumplimiento de estos Protocolos; y para otros fines.

EXPOSICION DE MOTIVOS

La violencia sexual es una de las manifestaciones de la violencia de gran incidencia en nuestro País, esto a pesar de que es uno de los delitos menos reportados. Según estimados del Departamento de Salud del Gobierno de Puerto Rico, para el año 2007 ocurrieron unos 54,000 casos de agresión sexual. Según estimados del Centro de Control de Enfermedades del Departamento de Salud Federal, sólo el 16% de los casos de violencia sexual son reportados a las autoridades.

En Puerto Rico, anualmente se reportan sobre 2,000 casos de agresión sexual a través de toda la Isla. El problema continúa siendo uno complejo y difícil de atender por las particularidades de cada caso, sea de menores o adultos, perpetrado por miembros de la familia o por personas extrañas, en la intimidad del hogar o en lugares públicos.

Más preocupante aún es el hecho de que la violencia sexual tiene efectos muy profundos en la salud física y la salud mental de los(as) sobrevivientes. Las agresiones causan lesiones físicas cuyas consecuencias pueden ser inmediatas o a largo plazo, tales como infecciones de transmisión sexual, embarazos, entre otros. Además, tienen un impacto en la salud mental de las víctimas, cuyas secuelas pueden ser tan graves como los efectos físicos y también muy prolongadas (OMS, 2004).

Por sus consecuencias e implicaciones en la salud física y mental de las víctimas, se estima que la violencia sexual es uno de los crímenes más costosos, sobrepasando inclusive los asesinatos. Según estudios realizados en Estados Unidos los costos de la violencia sexual anualmente se estiman en $14.9 billones de dólares, incluyendo costos directos e indirectos, lo que es equivalente al 0.2% del producto doméstico bruto de EU. Se estima, además...

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