Ley Núm. 174 de 23 de noviembre de 2010, para añadir un nuevo Artículo 9A a la Ley Núm. 66 de 22 de junio de 1978, según enmendada, conocida como 'Ley de la Administración de Servicios Médicos de Puerto Rico', a los fines de autorizar a la Administración de Servicios Médicos a incurrir en obligaciones hasta la cantidad de doscientos ochenta y cinco millones de dólares ($285,000,000); disponer el modo en que serán satisfechas las obligaciones incurridas, incluyendo la pignoración de colateral; y para otros fines relacionados.

EventoLey
Fecha23 de Noviembre de 2010

(P. de la C. 2961)

LEY NUM. 174

23 DE NOVIEMBRE DE 2010

Para añadir un nuevo Artículo 9A a la Ley Núm. 66 de 22 de junio de 1978, según enmendada, conocida como “Ley de la Administración de Servicios Médicos de Puerto Rico”, a los fines de autorizar a la Administración de Servicios Médicos a incurrir en obligaciones hasta la cantidad de doscientos ochenta y cinco millones de dólares ($285,000,000); disponer el modo en que serán satisfechas las obligaciones incurridas, incluyendo la pignoración de colateral; y para otros fines relacionados.

EXPOSICION DE MOTIVOS

La Administración de Servicios Médicos de Puerto Rico (“ASEM”), adscrita al Departamento de Salud, fue creada en virtud de la Ley Núm. 66 del 22 de junio de 1978, según enmendada. ASEM tiene a su cargo la organización, operación y administración de los servicios centralizados de las instituciones médico-hospitalarias que componen el Centro Médico de Puerto Rico. En ASEM se concentran los recursos humanos especializados y equipo de alta complejidad y tecnología moderna que permiten la prestación de servicios especializados de nivel terciario y supraterciario a toda la población de Puerto Rico. Los servicios prestados por ASEM y el Centro Médico constituyen el centro de salud más importante de Puerto Rico y el Caribe.

No obstante, años de mala administración bajo administraciones anteriores han dejado a ASEM y a nuestro principal centro de salud en una situación fiscal precaria que pone en peligro la salud de todos los puertorriqueños. Al comienzo de la actual administración ASEM se encontraba en una situación fiscal precaria, abonada por el aumento desmedido en gastos operacionales.

Aumento Gastos Operacionales

| |2003-2004 |2004-2005 |2005-2006 |2006-2007 |2007-2008 |

|Gastos Operacionales |$127,333,110 |$141,843,015 |149,951,723 |157,392,636 |179,233,990 |

|Aumento $ | |$14,509,905 |$8,108,708 |$7,440,913 |$21,841,354 |

|Aumento % | |11% |6% |5% |14% |

En el Gobierno Central administraciones anteriores usaron proyecciones irreales de ingresos para justificar gastos en exceso de los ingresos reales y se recurrió a ingresos no recurrentes y transacciones aisladas para intentar cubrir evidentes insuficiencias presupuestarias, lo que resultó en una crisis fiscal sin precedente. Igualmente, luego de años de políticas fiscales irresponsables, ASEM refleja un aumento desmedido en su gasto de nómina que no guarda relación alguna con su situación fiscal. Desde el Año Fiscal 2004, los gastos de nómina de ASEM aumentaron un 11%, debido principalmente a incrementos en salarios y beneficios marginales por la firma irresponsablemente de un nuevo convenio colectivo que cubre desde el 1ro de enero de 2006 hasta el 31 de diciembre de 2010, firmado el 15 de febrero de 2007 sin contar con fondos suficientes para satisfacer las obligaciones bajo el mismo.

El aumento desmedido en gastos de nómina contrasta con la realidad fiscal de ASEM. Desde el Año Fiscal 2004, el déficit...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR