Ley Núm. 178-2013 de 30 de diciembre de 2013, para enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 299-2003, a fin de garantizar una asignación anual no menor de veinte millones novecientos mil (20,900,000) dólares al Programa de Internados y Residencias de la Escuela de Medicina de la Universidad de Puerto Rico.

EventoLey
Fecha30 de Diciembre de 2013

(P. del S. 294)

LEY NÚM. 178-2013

30 DE DICIEMBRE DE 2013

Para enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 299-2003, a fin de garantizar una asignación anual no menor de veinte millones novecientos mil (20,900,000) dólares al Programa de Internados y Residencias de la Escuela de Medicina de la Universidad de Puerto Rico.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Universidad de Puerto Rico (UPR) es la única institución en Puerto Rico que por más de 50 años ha provisto adiestramiento en especialidades y subespecialidades médicas a través de su oficina de Educación Médica Graduada y de Educación Dental Graduada.

Al presente existen cuarenta y siete (47) programas acreditados de residencia en especialidades y subespecialidades médicas y Educación Dental cuyos años de adiestramiento fluctúan entre tres (3) y siete (7) años. Treinta y ocho (38) programas están bajo la supervisión directa de la Oficina Institucional de Educación Médica Graduada y cuentan con sus acreditaciones individuales, siguiendo las normas y requisitos de la agencia acreditadora, el Accreditation Council for Graduate Medical Education (ACGME). De hecho, veinte (20) de estos programas son los únicos acreditados que existen en la Isla. Los otros nueve (9) pertenecen a la Oficina de Educación Dental Graduada y están acreditados por la Commission on Dental Accreditation de la American Dental Association.

Tradicionalmente el apoyo financiero de los programas de residencia bajo la Universidad de Puerto Rico era función y responsabilidad del Departamento de Salud. A partir de 1999 se traspasó esta responsabilidad a la Universidad de Puerto Rico, condicionada a una asignación legislativa, proveniente de una resolución conjunta anual.

En el 2003 se firmó la Ley Núm. 299-2003 que asigna fondos recurrentes para los programas de educación médica graduada de la Escuela de Medicina de la Universidad de Puerto Rico. La misma establece que los fondos estatales otorgados a los programas de la Escuela de Medicina y a la Escuela de Medicina Dental de la UPR sean de carácter recurrente, a fin de garantizar el futuro de dichos programas.

En términos generales, para asegurar la continuidad de la Educación Médica y Dental Graduada del Recinto de Ciencias Médicas de la UPR, es necesario que se dote a las oficinas institucionales de una asignación presupuestaria recurrente no menor de $20,900,000...

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