Ley Núm. 278 de 29 de septiembre de 2012, para enmendar el Artículo 41.050 de la Ley Núm. 77 de 19 de junio de 1957, según enmendada, conocida como 'Código de Seguros de Puerto Rico', a los fines de incluir a los intensivistas y pediatras de los intensivos neonatales y pediátricos; y a los gineco-obstetras y cirujanos del Hospital San Antonio de Mayagüez dentro de los límites de responsabilidad civil por impericia médica al que está sujeto el Gobierno de Puerto Rico; y para otros fines.

EventoLey
Fecha29 de Septiembre de 2012

(P. del S. 2344)

(Conferencia)

LEY 278-2012

29 DE SEPTIEMBRE DE 2012

Para enmendar el Artículo 41.050 de la Ley Núm. 77 de 19 de junio de 1957, según enmendada, conocida como “Código de Seguros de Puerto Rico”, a los fines de incluir a los intensivistas y pediatras de los intensivos neonatales y pediátricos; y a los gineco-obstetras y cirujanos del Hospital San Antonio de Mayagüez dentro de los límites de responsabilidad civil por impericia médica al que está sujeto el Gobierno de Puerto Rico; y para otros fines.

EXPOSICION DE MOTIVOS

El Hospital San Antonio es una institución hospitalaria terciaria que ofrece servicios de salud especializados. Los servicios que brinda la mencionada institución son de naturaleza pediátrica y ofrece igualmente servicios de obstetricia y ginecología. Por más de doce (12) años el Hospital San Antonio ha sido la única institución del área oeste en mantener intensivos neonatales y pediátricos, conocidos como PICU y NICU. El Hospital San Antonio, al igual que el Centro Médico de Mayagüez, también conocido como Hospital Ramón Emeterio Betances, es propiedad del Municipio de Mayagüez. En su operación el Hospital San Antonio atiende madres y niños de toda el área noroeste, centro y oeste de nuestra Isla. Es importante señalar que, más del 80% de los pacientes que acuden al Hospital San Antonio procurando servicios son usuarios de la Reforma de Salud.

Según expresara el Municipio de Mayagüez en su Ordenanza Número 53, Serie 2010-2011, tanto el Centro Médico de Mayagüez como el Hospital San Antonio forman parte integral de su sistema de salud. Por ende, ha establecido el Municipio una estructura para que las mencionadas instituciones funcionen de forma ordenada y armonizada con los intereses de éste y el bienestar de sus ciudadanos.

El 27 de junio de 2011 fue aprobada la Ley Núm. 103, la cual enmienda el Artículo 41.50 del “Código de Seguros de Puerto Rico”. El mencionado estatuto extendió al Centro Médico de Mayagüez, Hospital Ramón Emeterio Betances, los límites de responsabilidad civil por impericia a que está sujeto el Estado Libre Asociado de Puerto Rico. En dicha enmienda no se incluyó al Hospital San Antonio a pesar de la importante participación que tiene la institución en el sistema de salud no sólo de Mayagüez, sino para el área oeste, noroeste y centro de Puerto Rico. No extender al Hospital San Antonio los límites de...

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