Ley Núm. 41 de 16 de abril de 2010, para enmendar los artículos 3, 6 y 9 de la Ley Núm. 54 de 4 de agosto de 2009, el cual crea el 'Distrito Especial Turístico de la Montaña', a los fines de insertar en la elaboración del Plan Estratégico de Desarrollo Turístico y Mercadeo del Distrito, que por virtud de esta Ley se promulga, elementos relacionados al agroturismo y/o turismo rural; y para otros fines relacionados.

EventoLey
Fecha16 de Abril de 2010

(P. del S. 776)

LEY NUM. 41

16 DE ABRIL DE 2010

Para enmendar los artículos 3, 6 y 9 de la Ley Núm. 54 de 4 de agosto de 2009, el cual crea el "Distrito Especial Turístico de la Montaña", a los fines de insertar en la elaboración del Plan Estratégico de Desarrollo Turístico y Mercadeo del Distrito, que por virtud de esta Ley se promulga, elementos relacionados al agroturismo y/o turismo rural; y para otros fines relacionados.

EXPOSICION DE MOTIVOS

Los cambios provocados por la tecnología y la industrialización en Puerto Rico, han servido para el desarrollo de nuevos modelos económicos que nos han alejado del modelo agrícola que tan exitoso fue a principios del siglo pasado. No obstante, la agricultura no ha perdido su importancia, aunque siempre ha necesitado y continúa necesitando de la ayuda del Gobierno para continuar fortaleciéndose y desarrollándose a tono con los nuevos retos económicos. Una de las formas para lograr ese fortalecimiento puede ser logrando la integración de otras actividades económicas en torno a la agricultura.

Una de las actividades más exitosas en otros países del mundo en apoyo a la agricultura, ha sido el agroturismo. En la economía mundial se han desarrollado distintos modelos de agroturismo para establecer nexos económicos entre la industria del turismo y la agricultura. Estos nexos buscan establecer nuevas alternativas económicas para ofrecerles a los agricultores más opciones para la promoción y venta de sus productos, a la vez que pueden establecer nuevas actividades en sus fincas que hasta ahora sólo servían para el cultivo o para la crianza de animales.

El agroturismo se ha desarrollado grandemente en países como España, permitiendo a los visitantes convivir en comunidades rurales, participando y disfrutando de la contemplación de sus actividades y diversas expresiones culturales, incluyendo la gastronomía y la artesanía local, entre otras.

Para fines de esta Ley, el agroturismo es el conjunto de actividades organizadas específicamente por agricultores en complemento de su actividad principal, a las cuales se invita a los turistas; y éstas constituyen otros servicios mediante paga. Consiste el agroturismo o turismo rural en organizar actividades en fincas, proveyendo medios de alojamiento, comida y actividades de las que participan los...

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