Ley Núm. 42 de 28 de marzo de 2015, para disponer que toda persona natural o jurídica, que preste servicios para los cuales se requiera licencia o autorización legal, como condición previa para su ofrecimiento dentro de la jurisdicción del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, provea al menos dos (2) alternativas de pago a sus clientes; ordenar al Secretario del Departamento de Hacienda, promulgar aquella reglamentación que estime pertinente para asegurar la efectividad de esta Ley; imponer penalidades por el incumplimiento de lo aquí establecido; y para otros fines.

EventoLey
Fecha28 de Marzo de 2015

(P. de la C. 948)

LEY NUM. 42

28 DE MARZO DE 2015

Para disponer que toda persona natural o jurídica, que preste servicios para los cuales se requiera licencia o autorización legal, como condición previa para su ofrecimiento dentro de la jurisdicción del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, provea al menos dos (2) alternativas de pago a sus clientes; ordenar al Secretario del Departamento de Hacienda, promulgar aquella reglamentación que estime pertinente para asegurar la efectividad de esta Ley; imponer penalidades por el incumplimiento de lo aquí establecido; y para otros fines.

Exposición DE MOTIVOS

Reconocidos economistas puertorriqueños han divulgado y concluido, a través de los medios de telecomunicación, que la mayor parte de los negocios evasores son aquellos que se dedican a la prestación de servicios, así como lo indicó también el economista José Joaquín Villamil, principal oficial ejecutivo de Estudios Técnicos, Inc. Éste último destacó que algunos profesionales hacen intercambio de servicios con otros profesionales, o cobran en efectivo para evadir al fisco. A juicio del empresario, la evasión contributiva tiende a recaer en áreas como los servicios médicos, legales y de mantenimiento. También la tendencia ha llegado a las gasolineras, donde manipulan al consumidor para que pague en efectivo, aumentándoles el precio de la gasolina cuando no escogen dicha forma de pago. Villamil descartó la postura de ciertos economistas, al aclarar que, en la banca y en la industria de seguros, no se ha manifestado una actividad considerable de evasión contributiva.

A tono con lo anterior, otros economistas consideran que, si se aumentan los recaudos del fisco, se evitaría la necesidad de imponer nuevos impuestos. Específicamente, el economista José Antonio Herrero, ha sostenido públicamente que el Departamento de Hacienda necesita mejorar sus métodos de fiscalización sin aumentar los impuestos, y que, para lograrlo, debe reestructurar su sistema de cómputos y establecer consecuencias legales severas para los infractores. Por su parte, el también economista, Ramón Cao, ha propuesto que el Departamento de Hacienda debe controlar el proceso de fiscalización sobre la evasión contributiva, para así generar mayores ingresos al fisco. A juicio de este último, lo discutido es un...

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