Ley Núm. 67 de 22 de julio de 2013, para derogar el Artículo 8 de la Ley Núm. 103-2006, según enmendada, conocida como 'Ley de Reforma Fiscal de 2006'; reenumerar los Artículos siguientes de forma consecutiva; y disponer su aplicación retroactiva.

EventoLey
Fecha22 de Julio de 2013

(P. del S. 576)

LEY NUM. 67

22 DE JULIO DE 2013

Para derogar el Artículo 8 de la Ley Núm. 103-2006, según enmendada, conocida como “Ley de Reforma Fiscal de 2006”; reenumerar los Artículos siguientes de forma consecutiva; y disponer su aplicación retroactiva.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Ley Núm. 103-2006, conocida como “Ley de Reforma Fiscal”, fue aprobada como una herramienta para promover el control fiscal del presupuesto operacional del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Dicha Ley estaba fundamentada en viabilizar la implantación de mecanismos que aseguraran un adecuado control de los gastos operacionales del Gobierno, restringir la utilización de préstamos para cubrir costos de naturaleza recurrente y prohibir gastos innecesarios, tales como el uso de celulares o campañas de publicidad gubernamental.

Una de las iniciativas implantadas fue el requisito establecido por virtud del Artículo 8 de la Ley 103-2006, mediante el cual se dispone el requerimiento de que como parte de la evaluación de las medidas legislativas que autorizan o cuya implantación requiera la erogación de fondos públicos, debe incluirse una certificación sobre el impacto fiscal de la legislación que se pretende aprobar y sobre la disponibilidad de fondos y su procedencia. El Artículo 8 dispone que esta certificación tiene que ser emitida bajo juramento tanto por el Director de la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP), como por el Secretario de Hacienda. Así pues, la certificación de ambos jefes de agencia se impuso como un requisito previo a la aprobación de ciertas medidas legislativas.

El Artículo 8, según adoptado en la Ley 103-2006, constituye un claro menoscabo de los poderes y prerrogativas otorgadas por el Artículo III de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico a la Rama Legislativa, ya que las facultades legislativas quedan a merced de la otorgación de una certificación por funcionarios de...

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