Ley num. 7 de 19 de febrero de 2016, para enmendar los incisos (3) y (4) del Articulo 6 de la Ley Núm. 10 de 18 de junio de 1970, según enmendada, conocida como “Ley de la Compañía de Turismo de Puerto Rico”, a fin de mejorar la investigación, análisis y utilidad de las estadísticas de turismo para la planificación adecuada de esta importante industria de desarrollo económico para Puerto Rico

EventoLey
Fecha19 de Febrero de 2016

(P. del S. 1127)

LEY NUM. 7

19 DE FEBRERO DE 2016

Para enmendar los incisos (3) y (4) del Articulo 6 de la Ley Núm. 10 de 18 de junio de 1970, según enmendada, conocida como “Ley de la Compañía de Turismo de Puerto Rico”, a fin de mejorar la investigación, análisis y utilidad de las estadísticas de turismo para la planificación adecuada de esta importante industria de desarrollo económico para Puerto Rico.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Ley Orgánica de la Compañía de Turismo, en el Inciso (3) del Articulo 6, establece la obligación de hacer investigaciones sobre la opinión que los turistas han formado de Puerto Rico después de haber visitado el País. Estas investigaciones ofrecen detalles sobre los problemas más comunes que ellos confrontan; las críticas constructivas que expresan; y las medidas remediales que, como resultado, pueden adoptarse. Además, establece la obligación adicional de hacer investigaciones científicas sobre el turismo potencial y su demanda, así como de las facilidades de la industria puertorriqueña para atender demandas por servicios.

El cumplimiento con estas obligaciones impuestas por ley, debería contribuir a la promoción, desarrollo y mejoramiento de la industria turística. Debido a la falta de recursos, la Compañía de Turismo de Puerto Rico realiza los estudios que se limitan a medir el movimiento de pasajeros, el inventario de habitaciones, las tarifas promedio, el origen demográfico de los registros en los hoteles y paradores y las fluctuaciones mensuales en los registros. Los registros publicados no reflejan información vital para el desarrollo e implantación de estrategias de mercadeo como el por ciento de visitantes recurrentes, las razones principales para su visita, la cantidad de dinero gastado, los factores que contribuyen a la selección de Puerto Rico como destino, su evaluación de nuestra Isla como destino turístico y las recomendaciones para mejorar nuestra oferta turística.

Una de las posibles razones para incumplir con estas obligaciones podría ser la falta de recursos humanos y económicos dentro de la propia Compañía de Turismo para llevar a cabo la investigación constante y el análisis profundo de una industria tan importante para el desarrollo socio-económico de nuestro País. Otra posible razón podría ser que, en años anteriores, el enfoque de la Compañía de Turismo estuviera concentrado mayormente en el diseño e implementación de campañas publicitarias. Obviamente, si...

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