Ley Núm. 80 de 3 de junio de 2011, para adoptar un nuevo estatuto que regule el uso y protección de los secretos de negocio o industriales, que se conocerá como la 'Ley para la Protección de Secretos Comerciales e Industriales de Puerto Rico'.
Evento | Ley |
Fecha | 3 de Junio de 2011 |
(P. del S. 1850)
LEY NUM. 80
3 DE JUNIO DE 2011
Para adoptar un nuevo estatuto que regule el uso y protección de los secretos de negocio o industriales, que se conocerá como la “Ley para la Protección de Secretos Comerciales e Industriales de Puerto Rico”.
En los sectores de alta tecnología industrial y comercial, los llamados secretos comerciales son útiles para proteger: (1) una invención que sea patentable durante el proceso de aplicación para dicha patente, (2) información que no es objeto de una patente o, (3) información que sencillamente no se pueda patentizar, así como procesos, métodos o mecanismos. También se conocen como secretos industriales o de negocio. Puede consistir en un proceso para manufacturar, tratar o preservar materiales, una fórmula o receta, un proyecto o patrón para el desarrollo de alguna maquinaria, o bien, simplemente una lista de clientes especializados y constitutivos de un mercado determinado que confieran alguna ventaja a su dueño sobre sus competidores.
En la actualidad, la protección a los derechos sobre la Propiedad Intelectual es uno de los asuntos legales de más relevancia en lo que respecta al comercio internacional. Con el crecimiento del comercio y las inversiones que se dan en un contexto internacional, las marcas, patentes, derechos de autor y los Secretos Comerciales o de negocio cobran una importancia aún mayor. Es más probable que una compañía decida invertir en un lugar donde entienden que tanto sus patentes, como sus procesos de manufactura u otro tipo de propiedad, producto de procesos mentales, están debidamente protegidos de una apropiación indebida. Para el año 2006, las compañías que cotizaban en la bolsa de valores en los Estados Unidos poseían Secretos Comerciales valorados en 5 billones de dólares ($5,000,000,000).
Durante la Era de la Revolución Industrial proliferó la creación de maquinarias y mecanismos. Las leyes de patentes se desarrollaron para proteger dichas creaciones. En la llamada Era de la Información, la protección de los Secretos Comerciales se adapta más a información confidencial que no es patentable y que es necesaria para llevar a cabo los negocios. Existe una amplia gama de información que podría considerarse Secreto Comercial, distinto al caso de las patentes. Además, en algunos casos, un Secreto Comercial ofrece ventajas significativas sobre una patente, ya que resulta ser un mecanismo menos costoso y más expedito, al no requerir aprobación del Gobierno. Esto último tiene mayor relevancia en industrias que se mueven rápidamente en cuanto a nuevas tendencias o tecnologías. Igualmente, existen estudios que revelan información sobre compañías que se encuentran en sus etapas iniciales y favorecen el uso del Secreto Comercial. Por otro lado, en los últimos años se han dado varios casos en los que un Tribunal ha declarado la invalidez de una patente, resultando en la pérdida de la protección, por tiempo limitado, que ofrece la ley, y más importante aun la pérdida de la confidencialidad de la información que se hizo pública para el proceso de la obtención de dicha patente.
En el campo de los derechos sobre Propiedad Intelectual, la legislación que regula los llamados Secretos Comerciales está siendo objeto de atención a nivel internacional por el potencial de convertirse en una herramienta legal cuando una patente o derecho de autor no se ajusten a las necesidades específicas de su dueño. Este tipo de ley sustituye barreras físicas o contractuales.
Se considera un Secreto Comercial o Industrial cualquier información confidencial que tiene un valor comercial o industrial y que su dueño protege razonablemente para evitar su divulgación. Se distinguen, porque usualmente no requieren ser registrados o cumplir con alguna formalidad para ser protegidos.
Los orígenes de las restricciones a los Secretos Comerciales pueden ubicarse en la antigua Ley Romana, en donde se castigaba al competidor que corrompía u obligaba a un esclavo a divulgar los asuntos comerciales de su amo. Desde esa época fue evolucionando y ya en el Código Penal Francés de 1810 se establecía que todo director, encargado, obrero de fábrica que hubiere comunicado o intentado comunicar a extranjeros o a franceses residentes en países extranjeros secretos de la fábrica de la que es empleado, sería castigado. Posteriormente fue tutelado en el campo civil y penal de lugares como Gran Bretaña, Alemania, Noruega, España, Italia, Holanda, Brasil y Venezuela, así como en la vasta mayoría de los Estados de la Nación Americana.
Un Secreto Comercial puede ser el activo más valioso que tenga una persona o una compañía. Puede ser más valioso que los edificios, maquinaria o vehículos, además de ser irreemplazable. La no protección de los mismos podría dejar a las compañías a merced de cualquier competidor o ex empleado que adquiriese conocimiento del mismo, ya sea directamente por el dueño...
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