Ley Núm. 83 de 20 de agosto de 2009, para enmendar los Artículos 2, 3, 4, 5 y 6 de la Ley Núm. 63 de 30 de mayo de 1973, según enmendada, conocida como 'Ley de la Corporación para el Desarrollo Rural de Puerto Rico', a los fines de autorizar a la Corporación a entrar en acuerdos colaborativos con la Comisión de Desarrollo Cooperativo de Puerto Rico para que brinde mayor énfasis a las actividades que se realicen por empresas cooperativistas; y para otros fines relacionados.

EventoLey
Fecha20 de Agosto de 2009

(P. de la C. 488)

LEY NUM. 83

20 DE AGOSTO DE 2009

Para enmendar los Artículos 2, 3, 4, 5 y 6 de la Ley Núm. 63 de 30 de mayo de 1973, según enmendada, conocida como “Ley de la Corporación para el Desarrollo Rural de Puerto Rico”, a los fines de autorizar a la Corporación a entrar en acuerdos colaborativos con la Comisión de Desarrollo Cooperativo de Puerto Rico para que brinde mayor énfasis a las actividades que se realicen por empresas cooperativistas; y para otros fines relacionados.

EXPOSICION DE MOTIVOS

Con la aprobación de la Ley Núm. 63, supra, se estableció como política pública lo importante de promover el mejoramiento económico y social de la zona rural de Puerto Rico, proveyendo a sus residentes satisfacción a las necesidades propias de una vida digna, de forma que se pueda conservar en nuestros campos una población satisfecha y productiva.

A tales fines, se crea la Corporación para el Desarrollo Rural de Puerto Rico para establecer, y estimular por todos los medios posibles a que otras personas establezcan, operaciones, programas, sistemas, mecanismos y facilidades necesarias y útiles para fomentar la agricultura en general y en especial la agricultura de tipo familiar y de altura; estimular la producción de alimentos que se consumen en Puerto Rico; crear fuentes de empleo a los residentes de la zona rural y proveer a los integrantes de la ruralía expansión cultural, recreación y el disfrute de la vida moderna en forma comparable a su disfrute en la ciudad.

Sin embargo, esta Asamblea Legislativa de Puerto Rico, cumpliendo con su deber ministerial de identificar alternativas que propendan al mejoramiento de la calidad de vida y prosperidad de los puertorriqueños, entiende que dicha política pública debe ser ampliada a los fines de otorgar mayor relevancia a las empresas cooperativistas. Esto por entender que el modelo empresarial cooperativo es idóneo para la generación de empleos en este sector.

Es nuestra contención que con la inclusión de la Comisión de Desarrollo Cooperativo en todo lo relacionado al mejoramiento de la ruralía lograremos un mayor grado de desarrollo de un área que históricamente ha quedado rezagada. El permitir que mayor cantidad de personas puedan unirse y encontrar colectivamente soluciones prácticas a sus problemas redundará en una ruralía más sólida y mejor preparada para...

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