Ley Núm. 094 de 16 de Mayo de 2006 de Enmiendas de la Ley de Telecomunicaciones

EventoLey
Fecha16 de Mayo de 2006

Ley Núm. 94 de 16 de mayo de 2006

(P. de la C. 1544)

(Conferencia)

Para añadir un nuevo inciso (hh) y reasignar el inciso (hh) como (ii), del Artículo 3 del Capítulo I; y adicionar un Artículo 7B al Capítulo III de la Ley Núm. 213 de 12 de septiembre de 1996, según enmendada, conocida como "Ley de Telecomunicaciones de Puerto Rico de 1996", a fin de crear un Sistema de Alerta de Emergencias de Puerto Rico que sea ofrecido por los servicios y/o compañías de telecomunicaciones para la seguridad y beneficio de sus usuarios; y para otros fines.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El propósito de la presente legislación es crear un Sistema de Alerta de Emergencias de Puerto Rico, que sea ofrecido por los servicios y/o compañías de telecomunicaciones para la seguridad y beneficio de sus usuarios.

Por muchos años las estaciones de radio AM y FM, las estaciones de televisión así como los sistemas de Cable TV, estuvieron operando bajo el sistema anterior "Emergency Broadcast System" (EBA).

El desastre natural ocurrido recientemente del maremoto ("tsunami") que afectó a Sri Lanka, India, Indonesia, Tailandia y otros países cercanos, provocó la muerte de cerca de

ciento cincuenta (150) mil personas así como de millones de dólares en pérdidas.

Situaciones

atmosféricas como ésta nos demuestran lo necesario que resulta un Sistema de Alerta de Emergencias de Puerto Rico, el cual se pueda difundir tanto por radio, televisión como también por mensajes de texto que se puedan enviar a través de los celulares, los cuales, sin duda alguna, alertarán al público del inminente peligro o de alguna catástrofe.

Los expertos en comunicaciones se han manifestado en el sentido de que durante el presente año (2005) será común el que se envíen mensajes de texto comerciales a través de los celulares.

Siendo esto así, la Asamblea Legislativa entiende que sería de más importancia para los usuarios de los celulares recibir un mensaje de texto que pueda salvar su vida.

Esto conllevaría que las companías de celulares estén reguladas a base de un reglamento para tales efectos, que mediante esta Ley se le ordena aprobar a la Junta Reglamentadora de Telecomunicaciones de Puerto Rico.

DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Artículo 1

Se añade un nuevo inciso (hh) y reasignar el inciso (hh) como (ii)...

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