Ley Núm. 3 de 13 de Marzo de 2001. Oficina de Control de Drogas de PR
Evento | Ley |
Fecha | 13 de Marzo de 2001 |
(P. del S. 70)
LEY 3
13 DE MARZO DE 2001
Para crear la Oficina de Control de Drogas de Puerto Rico, disponer sus poderes y prerrogativas, proveer para su organización, establecer la política pública del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, y para crear el cargo de Director o Directora de la Oficina de Control de Drogas en Puerto Rico y crear además el Consejo Asesor para el Control de Drogas en Puerto Rico.
Es un hecho estadístico irrefutable que el trasiego de sustancias controladas y la adicción a las mismas es una de las mayores causas de la criminalidad en nuestro país.
Esta actividad ha abarcado todos los sectores de nuestra sociedad, lo que representa graves riesgos de salud y seguridad para el Pueblo en general.
Según datos estadísticos de las agencias federales y de las agencias del gobierno del Estado Libre Asociado, encargadas de combatir el narcotráfico, aproximadamente el 90% de los crímenes violentos y entre el 75% al 80% de los asesinatos registrados, están relacionados con la venta de drogas.
Estudios realizados entre 1994 y 1995, reflejan que entre todas las drogas con potencial de crear adicción, las más utilizadas por la juventud puertorriqueña son el alcohol y el tabaco.
Las drogas que mostraron aumento significativo en su uso fueron el alcohol, la marihuana, la pega y el crack.
En el caso de la marihuana hay que destacar que su uso en la población escolar se ha duplicado de 5% a 11%.
En el año 2000, se reportaron 693 asesinatos, de los cuales se estima que más del 80% estuvo relacionado al trasiego de drogas. En la década pasada se registraron unos 7,545 asesinatos, de los cuales el 75% estuvo relacionado al uso y tráfico de drogas. Puerto Rico es uno de los principales puentes entre los carteles productores de drogas en América Latina y de distribuidores de drogas en los Estados Unidos, precedido solamente por la frontera de México. Un total de 150 toneladas métricas de cocaína pasan por Puerto Rico anualmente, de las cuales el 30% se queda en la Isla para consumo local. Además, se estima que el 40% de la cocaína que es introducida a los Estados Unidos logra su acceso a través del Caribe.
La evidencia empírica ha demostrado que el consumo de tabaco y alcohol por la población en general, y sobre todo, por las personas menores de edad, guarda estrecha relación con el consumo posterior de sustancias controladas igualmente adictivas. La prevención del consumo de bebidas alcohólicas por la población en general con énfasis en menores de edad, es un asunto de vital importancia, en nuestra aspiración de reducir los costos sociales y económicos que acarrean la adicción a drogas y el alcoholismo.
La ausencia de una política pública organizada, coherente y multiagencial ha colocado al Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico en desventaja para emprender la lucha contra las drogas.
Cada día resulta obvio que las gestiones policíacas para combatir el problema de la droga no han logrado combatir eficientemente este problema social. Solamente se ha logrado oponer esfuerzos fragmentados, improvisaciones e intervenciones a los niveles más bajos del imperio criminal.
La
concentración en la persuasión al usuario, que muchas veces es también víctima, ha desenfocado los esfuerzos para lidiar con el problema efectivamente.
Los organismos gubernamentales sobre los que recae la responsabilidad de combatir el narcotráfico, manejar la prevención, la educación y tratamiento relativo al uso de drogas necesitan coordinar esfuerzos para ejercer sus funciones de forma integrada, coherente y eficaz. La presente medida responde a la necesidad de concertar, integrar y canalizar los recursos gubernamentales contra el trasiego, venta y consumo de sustancias controladas en Puerto Rico.
Además, tiene el objetivo de coordinar los recursos para asesorar y proveer recursos educativos para la prevención del problema de la adicción a drogas en nuestra sociedad en general, y muy especialmente en nuestra juventud.
Con estos propósitos, se crea el cargo de Director o Directora de la Oficina de Control de Drogas en Puerto Rico.
Se le confieren los poderes necesarios para cumplir con su tarea de coordinar con las distintas agencias y departamentos gubernamentales la implantación de la política pública del Estado Libre Asociado de Puerto Rico sobre el problema de las drogas en Puerto Rico.
El Estado Libre Asociado de Puerto Rico, en su esfuerzo por mejorar la calidad de vida del pueblo, debe atender el problema de uso y abuso de sustancias controladas como uno, no sólo de seguridad pública, sino también de salud pública donde se atiendan los aspectos de educación, prevención, rehabilitación y reinserción social.
La Oficina de Control de Drogas en Puerto Rico hará énfasis en la educación, prevención y rehabilitación en aras de la reducción significativa de la oferta y demanda de drogas y otras sustancias adictivas.
Por medio de esta Ley, se crea el Consejo Asesor para el Control de Drogas en Puerto Rico, el cual estará...
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