'Mediocres' los pagos en casos civiles

A la hora de reclamar daños en Puerto Rico, es mejor perder una extremidad que morirse, pero en cualquiera de los dos casos, lo que el tribunal adjudica a la víctima o sus familiares está determinado por una jurisprudencia incorrecta y será fruto de un proceso judicial tardío, de acuerdo con el trabajo investigativo del abogado y juez de Apelaciones, Antonio Amadeo Murga, y los economistas José Alameda y Alfredo González."Después de 60 años de práctica y parte de ella en la judicatura, tenemos un sistema de adjudicación de daños muy deficiente, tanto por el término que tardan las decisiones como la renuencia del tribunal a otorgar las partidas verdaderamente importantes. Ha sido un mal de nuestra judicatura, ha mejorado, pero sigue siendo deficiente", sentenció Amadeo Murga durante la reunión anual de la Asociación de Economistas de Puerto Rico."Tenemos que decirle al (Tribunal) Supremo que erró en esa determinación", indicó por su parte Alameda, haciendo referencia a la decisión del caso Rodríguez Ramos vs. Hospital Dr. Susoni, la Administración de Servicios Médicos y otros (2012TSPR150). La opinión fue escrita por el juez asociado Rafael Martínez Torres.El caso se resolvió en el año 2012, seis años después de que los padres y hermanos de Jesús Manuel Rodríguez Rodríguez -un paciente de obesidad mórbida, hipertensión, diabetes y asma bronquial- demandaran por culpa, negligencia e impericia médica. Los eventos que provocaron el litigio ocurrieron entre los meses de octubre de 2004 a enero de 2005, cuando tres hospitales y los médicos que interactuaron con Jesús Manuel no le atendieron a tiempo ni apropiadamente una infección que resultó en múltiples complicaciones hasta llevarle a la muerte. Jesús Manuel falleció a la edad de 29 años. Inicialmente, se determinó indemnizar a los demandantes con $1.2 millones, cifra que objetó uno de los galenos. El tribunal de Apelaciones ajustó el fallo del Tribunal de Primera Instancia en 60%, reduciendo la compensación a unos $539,000. El alto foro concluyó que el fallo inicial era el correcto.Partiendo de la explicación de Alameda, la jurisprudencia puertorriqueña cuando una madre reclame una indemnización monetaria por los daños que recibió su bebé a la hora de nacer o si la persona sufrió una lesión o perdió la vida en un accidente o su lugar de trabajo, el tribunal determinará la compensación considerando el comportamiento del Indice de Precios del Consumidor (IPC).En esencia, el proceso judicial -en...

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