Municipio De Peñuelas V. Ecosystems, 2016 T.S.P.R. 247

AutorDra. Ruth E. Ortega-Vélez
Páginas514-519

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Derecho Constitucional. Doctrina del campo ocupado. Facultad de Municipios de regular manejo de agregado manufacturado a base de cenizas. Ley de Municipios: Forma de impugnar ordenanzas, resoluciones o acuerdos de Legislaturas o Funcionarios Municipales. Conforme a la Ley Ambiental y la Ley de Municipios Autónomos, los Municipios pueden prohibir válidamente, mediante ordenanza municipal, el uso de material de relleno de construcción - en específico, agregado manufacturado a base de cenizas producto de la quema de carbón por la producción de energía - dentro de sus límites territoriales.

Hechos: El 25 de marzo de 2013, la Oficina de Gerencia de Permisos expidió un Permiso General Consolidado, junto a la Junta de Calidad Ambiental a favor de Ecosystems, Inc., para la construcción de una facilidad de sistema de relleno sanitario en la Carretera Estatal PR-385, en el Barrio Encarnación del Municipio de Peñuelas. El propósito de dicha facilidad era disponer de forma final de desperdicios sólidos no peligrosos. El permiso consolidado autorizaba a la construcción de un vertedero; nada disponía en cuanto a materiales de construcción o relleno a ser utilizados en dicha facilidad a ser construida.

El 9 de abril de 2013, la Legislatura Municipal de Peñuelas aprobó la Ordenanza Núm. 13, Serie 2012-2013, con el fin de prohibir el uso de cenizas procedente de la quema de carbón en plantas generadoras de energía, como material de relleno o construcción. La Ordenanza establece, además, que toda persona - desarrollador, constructor, compañía y/o persona jurídica o natural - que interesara realizar una construcción en el Municipio, "presentará, al momento del pago de los arbitrios municipales, una declaración jurada donde certificará que en su proyecto no se usan cenizas derivadas de la quema de carbón como material de construcción o relleno, llámese Agremax o cualquier otro nombre comercial".

Ante la OGPe y la JCA, Ecosystems solicit una modificación al Permiso General Consolidado obtenido. El 25 de junio de 2014, se expidió un nuevo permiso consolidado, mediante el cual se autorizó la utilización de agregado manufacturado como material de relleno en la construcción. El permiso consolidado enmendado no dispuso en torno a materiales de construcción.

Personal de la JCA inspeccionó el área de construcción de Ecosystems y advino en conocimiento de la utilización del agregado manufacturado conocido comercialmente como Agremax por parte de Ecosystems. El Municipio presentó una demanda en solicitud de injunction preliminar y permanente, alegó que Ecosystems se encontraba en violación de la Ordenanza Municipal al estar utilizando en su proyecto de sistema de relleno sanitario el referido producto.

El T.P.I. emitió una Orden de Entredicho Provisional y ordenó a Ecosystems a desistir de cualquier uso de Agremax en el Municipio, hasta que se dispusiera de otra forma. Durante la celebración de la vista de injunction, Ecosystems presentó una solicitud de desestimación fundamentándose en que la Ordenanza Municipal era ultra vires y por tanto, nula; que el Municipio carecía de autoridad para reglamentar el uso de Agremax, dado a que tal uso ha sido autorizado tanto por agencias estatales como federales. Ecosystems arguyó que la vigencia de la

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Ordenanza tuvo el efecto de afectar sus derechos propietarios y su derecho al debido proceso de ley. El T.P.I. ordenó el cese y desista de la utilización de Agremax por parte de Ecosystems. Resolvió que la prohibición municipal al uso de Agremax, o cualquier agregado manufacturado a base de cenizas producto de la quema de carbón, era oponible a Ecosystems, pues no entraba en conflicto con lo dispuesto en el permiso consolidado enmendado emitido por la JCA y la OGPe. Para el T.P.I., si bien Ecosystems puede continuar la construcción, según lo autorizado, no podrá usar agregado manufacturado a base de cenizas de la quema de carbón como material de relleno.

Ante el T.A. Ecosystems solicitó que se declarara la nulidad de la Ordenanza Municipal, basado en que el asunto relativo a la regulación del uso y disposición de residuos de combustión de carbón era uno ocupado por legislación federal. El Municipio alegó que la JCA no ha regulado el uso de Agremax y que la Ordenanza Municipal en cuestión complementa las regulaciones de las agencias que...

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