Ley Núm. 107 de 27 de Agosto de 2005 de Enmiendas de la Ley de Municipios Autónomos

EventoLey
Fecha27 de Agosto de 2005

Ley Núm. 107 de 27 de agosto de 2005

(P. del S. 339)

Para enmendar el Artículo 11.001 y añadir un inciso 3 al Artículo 11.016 de la Ley Núm. 81 de 30 de agosto de 1991, según enmendada, conocida como "Ley de Municipios Autónomos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico de 1991", con el propósito de prohibir el discrimen en el servicio público municipal por motivo de ser víctima de violencia doméstica; establecer el beneficio a licencia con sueldo no acumulable por un máximo de cinco (5) días laborables en el servicio público municipal cuando el empleado o empleada es víctima de violencia doméstica, para buscar ayuda de un abogado o consejero en violencia doméstica, obtener una orden de protección u obtener servicios médicos o de otra naturaleza para sí o sus familiares; y para otros fines.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Desgraciadamente, en nuestra sociedad existen miles de ciudadanas y ciudadanos que viven día a día sujetos a actos o amenazas de violencia por parte de sus cónyuges, ex cónyuges, personas con las que comparten hijos en común, personas con las que cohabitan o han cohabitado, personas con las que están o han estado envueltas en relaciones sociales continuas de naturaleza romántica o íntimas o personas con las que viven o han vivido continuamente o a intérvalos regulares en la misma residencia. Por tanto, la violencia doméstica es un acto delictivo extremadamente antisocial, con consecuencias devastadoras en el núcleo familiar.

Tratándose de una agresión directa contra la coexistencia civilizada, que contribuye a la desintegración de la familia, a fomentar la criminalidad y al debilitamiento de los valores de la convivencia humana, como sociedad siempre hemos tenido como imperativo erradicar la violencia doméstica y sus efectos dañinos. A base de ello, se han realizado innumerables estudios sobre dicha problemática, cuyas conclusiones en ocasiones han servido de fundamento en la elaboración y adopción de medidas legislativas.

No obstante, se le ha prestado poca atención al impacto de la violencia doméstica en la vida laboral de sus víctimas y en la economía en general. Pero en años recientes se ha recopilado evidencia sustancial sobre el golpe devastador de la violencia doméstica en la habilidad de sus víctimas - cuya abrumadora mayoría la constituyen mujeres para participar plenamente en el mercado...

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