Orden Ejecutiva del Gobernador del Estado Libre Asociado de Puerto Rico para establecer la Red Ambiental Metropolitana (RAMA) de ciudad mayor, Metropolis del Caribe.

JurisdicciónPuerto Rico
Fecha24 Enero 2007
Orden ejecutiva nºOE-2007-2
ESTADOLIBRE ASOClAOODE PUERTO RICO
LAFORTALEZA
SANJUAN, PUERTO RICO
BoleclnAdministrativo NOm.: OE-2007-02
ORDEN EJECUTIVA DEL GOBERNADOR DEL ESTADO LIBRE
ASOCIADO DE PUERTO RICO PARA ESTABLECER LA RED
AMBIENTAL METROPOLITANA (RAMA) DE CIUDAD MAYOR,
METROPOLIS DEL CARIBE
PORCUANTO: El Artlculo VI, Seccion 19 de la Constitucion del Estado Libre Asociado
de Puerto Rico estableceuna politicapublica encaminada a lograr la mas
eficaz conservacion de nuestros recursos naturales, junto con su mayor
desarrolloyaprovechamiento para el beneficiode lacomunidad.
POR CUANTO: La Ley sobre Politica Publica Ambiental, Ley NUm. 416 de 22 de
septiernbrede 2004, seglinenmendada, acoge,en sus Artlculos 3 Y 4, el
imperativo de utilizar todos los medios y medidas practicas en la
consecucion del uso sostenible de nuestros recursos naturales, esfuerzo
que exigeuna coordinacion efectivade los planes, funcionesprogramas y
recursos de todos los departamentos, agencias,municipios,corporaciones
e instrumentalidadespublicasdel Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
Similarenfoque establecen los Articulos 2 y 3 de la Ley sobre Politica
Publica de Desarrollo Sostenible, Ley NUm. 267 de 10 de septiernbre
de 2004.
POR CUANTO: La legislacioncitada concibeel uso y desarrollosostenible de los recursos
naturales como uno dirigidoa lograr aquellaarmonla productiva entre la
naturaleza y el ser humano que repercute en una mejor calidadde vida
para estosy procuralacapacidadde aquellapara sostener lavidaen todas
susformas.
PORCUANTO: Las Leyes del Sistema de Parques Nacionales de Puerto Rico y de la
Comparuade Parques Nacionales de Puerto Rico promulgan la politica
publica de preservar y conservar los recursos naturales, historicos,
escenicos, recreativos, culturales, cientificos y arqueologicos, para
propiciar su disfrute por esta y futuras generaciones, en virtud de los
Articulos2 y 3 de dichas Leyes,respectivamente,cualesson la LeyNllin.
9 de 8 de abril de 2001, y laLey Nllin. 114 de 23 de junio de 1961, seglin
enmendada.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR