P.P.D. V. Roselló, 1995, 139 D.P.R. 705

AutorDra. Ruth E. Ortega Vélez
Páginas68-68

Page 68

Incluimos aquí las conclusiones de la opinión concurrente del Juez Negrón-García:

Conforme traslucen las distintas teorías y planteamientos legales ante nos –en ocasiones, recíprocamente contradictorios– y los intereses en juego de los protagonistas y partidos políticos envueltos, el fenómeno abusivo de invertir fondos públicos en campañas político-partidistas es percibido así: para el Gobernador, funcionarios ejecutivos y Alcaldes, el uso legítimo del erario público para informar a la ciudadanía en asuntos de interés general...

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