Pagos por servicios: ¿qué debes saber?

Lcdo. Francisco Luis y María de los Ángeles Rivera, CPASocios de Contribuciones de Kevane Grant ThorntonSin lugar a dudas, aquel que trabaja por cuenta propia resultó ser de los contribuyentes más afectados por los cambios recién aprobados en Puerto Rico y que resumimos en nuestro artículo de la semana pasada. Mucho se ha discutido públicamente sobre los requisitos de evidenciar las deducciones incurridas en su negocio mediante la radicación electrónica de las informativas y de las complicaciones administrativas y aumento en costos de cumplimiento que esto significa.Sin embargo, el tema de la retención en el origen de los pagos que reciben por servicios prestados también fue un área de importantes cambios.Antes de la aprobación de la Ley 257 del 10 de diciembre de 2018, la regla general era que los pagos (a individuos o entidades) hechos por servicios estaban sujetos a una retención de 7%. El contribuyente podía optar para que se le retuviera una cantidad mayor (10% o 15%). Esta retención aplicaba una vez los pagos acumulados y sujetos a la retención durante el año calendario a este proveedor excedían $1,500. El contribuyente que entendía que esta retención era excesiva tenía el mecanismo de solicitar un relevo siempre y cuando se dieran una de las circunstancias que permitían otorgar el mismo. Entre estas podemos mencionar:1. Si el contribuyente era una corporación y demostraba al Departamento de Hacienda que estaba en cumplimiento con sus obligaciones contributivas, podía obtener un relevo parcial que reducía la retención de 7% a 3%.2. Si el contribuyente era corporación con volumen de negocios de más de $1 millón anualmente y sometía su planilla de contribución sobre ingresos acompañada de estados financieros auditados por contador público autorizado podía solicitar un relevo total de la retención.3. Si el contribuyente era un individuo con volumen de más de $1 millón, podían solicitar el relevo parcial si sometían su planilla de contribución sobre ingresos con estados financieros auditados.4. Si el contribuyente está en sus primeros tres años de actividad de servicios podía obtener un relevo total.A partir del 1 de enero de 2019, estas reglas en los pagos por servicios profesionales cambiaron por virtud de la mencionada ley. La tasa de 7% aumenta ahora a un 10% y las cantidades mayores a las que el contribuyente puede optar suben a 15% o 20%. Otro cambio importante es que la retención ahora comienza una vez los pagos acumulados por...

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