Pnp V. Ela Y Oficina Contralor, 2016 T.S.P.R. 160

AutorDra. Ruth E. Ortega-Vélez
Páginas321-322

Page 321

Derecho Electoral, Resolución No Ha Lugar con Voto Particular Disidente. Examinado el Recurso de certificación intrajurisdiccional y la Moción urgente en auxilio de jurisdicción presentados por la parte peticionaria, se provee no ha lugar a ambos en este momento.

La Juez Asociada señora Rodríguez-Rodríguez hace constar la siguiente expresión a la cual se unen la Jueza Presidenta Oronoz-Rodríguez y el Juez Asociado señor Colón Pérez:

Estoy conteste con la determinación de una mayoría de este Tribunal. Estimo que el curso de acción propuesto garantiza que la controversia de índole constitucional planteada sea dirimida ecuánimemente y con el beneficio de la comparecencia de todas las partes, así como la producción de un expediente que viabilice apropiadamente su resolución. Debo consignar, sin embargo, mi inquietud ante la disposición de algunos integrantes de este Foro de adelantar su criterio sobre los méritos de una controversia desconociendo si la parte demandada ha sido debidamente emplazada. Asimismo, es preocupante que ese criterio se fundamente en meras alegaciones formuladas por los peticionarios, que no están sustentadas por documentación alguna, y en torno a las cuales la parte demandada no ha tenido la oportunidad de expresarse. Inclusive, y precisamente por razón de la falta de documentación...

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