Ley Núm. 259 de 31 de Agosto de 2000. Programa para la Prevención y Vigilancia de Emergencias Médicas de Niños

EventoLey
Fecha31 de Agosto de 2000

LEY NUM. 259 DEL 31 DE AGOSTO DE 2000

Para crear el Programa para la Prevención y Vigilancia de Emergencias Médicas de Niños; establecer sus objetivos y organización; crear el Comité Interagencial sobre Emergencias Médicas de Niños; disponer su composición y deberes; y asignar fondos.

EXPOSICION DE MOTIVOS

Las lesiones que resultan por trauma, tales como las que se sufren en accidentes automovilísticos, envenenamientos, atragantamiento, quemaduras, heridas de armas, ahogamiento y caídas son la causa principal de muerte e incapacidad de niños y jóvenes menores de veintiún años en Puerto Rico y en los Estados Unidos. Las estadísticas indican que el noventa por ciento (90%) de éstas se pueden prevenir.

Las emergencias médicas de los niños y jóvenes exigen un cuidado específico. En casos de trauma, los niños tienen un riesgo mayor de muerte y requieren un tratamiento diferente al de los adultos, que debe prestarse por un personal especializado, muchas veces con un equipo especial.

No obstante, los sistemas gubernamentales y privados que dan servicios de emergencia no están estructurados para atender todas las eventualidades que puedan surgir en las situaciones de emergencias médicas que sufren los niños en Puerto Rico.

Actualmente, existe un proyecto piloto, dirigido al desarrollo de programas y guías para el manejo de emergencias médicas de niños, bajo la estructura administrativa de la Escuela de Medicina de la Universidad de Puerto Rico. Dicho proyecto marcha bien gracias a la responsabilidad, liderato, recursos y compromiso que tiene la Escuela de Medicina en las áreas de educación e investigación.

Dentro de la gestión programática de este Gobierno, la protección social, la salud y el bienestar de todos los ciudadanos han recibido atención prioritaria y se ha establecido como política pública del Gobierno de Puerto Rico velar porque todos los menores tengan la oportunidad de lograr un desarrollo físico, mental, emocional, espiritual y moral óptimo. A tenor con estos derroteros, la Asamblea Legislativa aprueba esta medida para crear el Programa de Emergencias Médicas de Niños que será el organismo responsable de desarrollar y establecer un sistema para atender las necesidades específicas de los niños en casos de emergencias médicas.

Decrétase por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico:

Artículo 1

Se crea el Programa para la Prevención y Vigilancia de Emergencias Médicas de Niños, en adelante el "Programa", adscrito al Departamento de Salud, para promover el desarrollo de servicios de emergencias médicas de calidad para niños en la comunidad, promover el desarrollo de un sistema de registro de datos y vigilancia, y el desarollo de programas de prevención, todos dirigidos a mejorar la sobrevivencia de los niños en situaciones de emergencia.

Artículo 2

El Programa será el organismo central responsable de desarrollar y supervisar protocolos y guías de evaluación para el manejo de emergencias médicas pediátricas y funcionará bajo la...

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