Ley Núm. 044 de 10 de Enero de 2004 de Enmienda Sec. 1.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme

EventoLey
Fecha10 de Enero de 2004

Ley Núm. 44 de 10 de enero de 2004

(P. de la C. 3752)

Para añadir un nuevo inciso (9) a la Sección 1.3 del Artículo 1 de la Ley Núm. 170 de 12 de agosto de 1988, según enmendada, conocida como "Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme" del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Comisión de Relaciones del Trabajo del Servicio Público fue creada en 1998 para viabilizar la sindicación de los empleados públicos puertorriqueños. Entre sus funciones, debe nombrar un panel de árbitros ante los cuales las partes contratantes en convenios colectivos vienen a dilucidar sus controversias sobre interpretación de dichos convenios. En cumplimiento de dicha norma, la Comisión ha creado la Oficina de Conciliación y Arbitraje, que atiende las controversias que según la ley se refieren a mediación y arbitraje la cual actúa con total independencia de la Comisión, por lo cual esta Asamblea Legislativa entiende que goza del mismo rango legal que el Negociado de Conciliación y Arbitraje del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos. Esta Ley exime a la Oficina de Conciliación y Arbitraje de la "Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme" para garantizar la administración de la política de sindicación de empleados públicos de una forma más ágil, rápida y costo-eficiente para el Estado Libre Asociado de Puerto Rico.

DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Artículo 1

Se añade un nuevo inciso (9) a la Sección 1.3 del Artículo 1 de la Ley Núm. 170 de 12 de agosto de 1988, según enmendada, conocida como "Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.

Sección 1.3 Definiciones

A los efectos de este capítulo los siguientes términos o frases tendrán el...

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