Puebllo V. Carrero Rolstad, 2016 T.S.P.R. 24

AutorDra. Ruth E. Ortega-Vélez
Páginas71-74

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Derecho Apelativo: Trámite ante el T.A. cuando se ha autorizado la preparación de una transcripción estipulada de la prueba oral. Regla 76 del Reglamento del T.A. (Regla 50)

Hechos: El 8 de junio de 2015, Brian Carrero Rolstad fue hallado culpable por infracción al Art. 93 (a) del Código Penal,(asesinato en primer grado), y 5.05 de la Ley de Armas (portación y uso de arma blanca). Fue sentenciado por ambos delitos a cumplir penas consecutivas de 99 años y seis años de reclusión, respectivamente. El 7 de julio de 2015, el abogado de la Sociedad para Asistencia Legal que representó al peticionario en primera instancia presentó un escrito de apelación ante el T.A. en el cual incluyó varios señalamientos de error. El abogado, mediante moción, expuso que, a su entender, una transcripción de la prueba oral desfilada en el juicio era el método más adecuado

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para que el Tribunal considerara los señalamientos de error. Por ello, solicitó un término de sesenta días para preparar y presentar una transcripción de la prueba, la cual debía ser posteriormente estipulada por el Ministerio Público. El T.A. concedió 30 días al peticionario para que sometiera la transcripción de la prueba oral debidamente estipulada, así como el alegato de apelación.

El 5 de agosto de 2015, la representación legal del peticionario compareció y explicó que la transcripción de la prueba oral no había podido ser completada; que la SAL no contaba con transcriptores externos y la transcripción estaba siendo preparada por el propio personal de la oficina. Considerando que el juicio del peticionario había durado nueve días, solicitó un término adicional de sesenta días para presentar el proyecto de transcripción de la prueba.

Además, expresó preocupación por el plazo concedido en la Resolución de 17 de julio de 2015, ya que en la misma se establecía un término simultáneo de treinta días para la preparación del proyecto de transcripción de la prueba, su estipulación por el Ministerio Público y la presentación del alegato de la defensa. Arguyó que esos términos debían ser consecutivos y no simultáneos, y solicitó que, una vez entregara el proyecto de transcripción de la prueba oral, se le concediera a la Oficina de la Procuradora General un plazo para examinarlo y estipularlo, luego del cual comenzara a transcurrir el término para la presentación del alegato de apelación. El T.A. concedió un término de treinta días para la presentación de ambos, la transcripción...

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