Pueblo V. Castro Anguita 1953, 75 D.P.R. 672

AutorDra. Ruth E. Ortega-Vélez
Páginas240-243

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Admisiones. Conspiradores. Huida del Lugar.

Hechos: Lucas E. Castro Anguita fue acusado conjuntamente con Miguel Angel Palóu y con Miguel Cirilo Batalla de ocho delitos de asesinato en primer grado y de dos delitos de atentado a la vida con motivo de un incendio criminal. Las ocho acusaciones de asesinato así como las dos de atentado a la vida son idénticas, con excepción de los nombres de las víctimas. A solicitud de Castro, el tribunal sentenciador ordenó que se le juzgase por separado con respecto a los diez casos, los cuales por estipulación de las partes fueron vistos conjuntamente. Los casos se vieron ante un jurado. Castro resultó convicto de todos los delitos imputados. La corte sentenciadora le impuso una sentencia de reclusión perpetua en cada caso de asesinato. Apeló ante el Tribunal Supremo.

Controversias: Si la confesión del coacusado Batalla y la huida de este eran o no admisibles en evidencia contra Castro.

Decisión del Tribunal Supremo: Revoca las sentencias que condenan al acusado por delitos de Asesinatos en Primer Grado y Atentado a la Vida y devuelve los casos para la celebración de un nuevo juicio.

Fundamentos legales: En cuanto a la confesión de Batalla, en lo que respecta a Castro, demuestra a lo sumo motivo y oportunidad de planear el delito con los otros acusados. Batalla había confesado anteriormente su participación en pegar el fuego y había implicado tanto a Castro como a Palóu. Pero dicha confesión no fue hecha después del arresto de Batalla y, en lo que a este respecta, luego de consumada la conspiración o designio común. Era claramente inadmisible en contra de Castro; en verdad, el Pueblo no hizo esfuerzo alguno para presentarla en evidencia. En el juicio de este caso, Batalla se negó a declarar por el fundamento de que su caso estaba pendiente ante el Tribunal Supremo y su testimonio lo podría incriminar. Por consiguiente, el caso contra Castro hubiera sido legalmente insuficiente si el E.L.A. no hubiera presentado otro testigo.

Rosalí Miranda Colón, un agente vendedor de la firma de Palóu, declaró que

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el día después del fuego, él fue a la casa de Castro porque necesitaba algún dinero para hacer unas compras y quería, como empleado de Castro, pedirle a este algún dinero adelantado para pagarlo cuando la firma volviera a abrir el negocio. Castro le invitó a su oficina, en un garaje detrás de la casa, donde el testigo le pidió $40 que Castro le dio. En ese momento Castro le dijo que "se...

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