Pueblo V. Hernández Mercado 1990,126 D.P.R 427

AutorDra. Ruth E. Ortega-Vélez
Páginas318-319

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Pertinencia. Discreción del Tribunal para Excluir Evidencia Pertinente. Hechos: El Ministerio Público presentó contra Raúl Hernández Mercado de 16 años de edad acusaciones por los delitos de asesinato en primer grado, robo, tentativa de robo y violación a los artículos 6 y 8 de la Ley de Armas de Puerto Rico. Se le imputó dar muerte al adolescente Natalio Bayonet Tartak utilizando un arma de fuego que portaba ilegalmente, mientras intentaba cometer el delito de robo. Además se le inculpó la comisión del delito de robo al apropiarse ilegalmente de un automóvil. En apelación, Raúl Hernández Mercado impugna

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el fallo condenatorio por unanimidad de un jurado por los delitos de asesinato en primer grado, tentativa de robo, robo e infracción a los Arts. 6 y 8 de la Ley de Armas. Sostiene ante el Tribunal Supremo que las reseñas de los periódicos sobre la acusación y el juicio por la muerte de Natalio Bayonet Tartak le privaron de su derecho a un juicio justo e imparcial. También sostiene que se cometieron errores en su identificación y la admisibilidad de su confesión. El Tribunal de Menores renunció a su jurisdicción. Hernández Mercado fue juzgado como adulto. El jurado lo condenó por los delitos que se le imputaron.

Controversia: Si erró el tribunal al admitir en evidencia el testimonio de Juan Pérez Pérez , el cual consistía en una descripción del robo de que fueron víctimas tanto el testigo como su novia momentos después del asesinato de Bayonet.

Decisión del Tribunal Supremo: Confirma las...

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