Pueblo V. Loubriel Serrano, 2003 J.T.S. 5

AutorDra. Ruth E. Ortega Vélez
Páginas151-154

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Derecho a la Intimidad. Requerimiento a Instituciones Bancarias. Hechos: Linda V. Vázquez Suazo y José N. Loubriel Serrano fueron acusados por apropiación ilegal agravada de fondos públicos, y posesión y traspaso de documentos falsificados. La investigación comenzó como producto de unos hallazgos de la policía en el allanamiento del hogar de Miguel Astacio Burns. Dicha intervención se llevó a cabo al amparo de una orden de registro y allanamiento expedida por autoridad judicial y dirigida contra su residencia.

Al realizar el allanamiento del hogar de Astacio, empleado del Departamento de Hacienda, la policía encontró además unos documentos relacionados con Hacienda, tales como planillas de contribución sobre ingresos y comprobantes de retención. Se descubrió que los comprobantes fueron cumplimentados en su totalidad con información falsa. Utilizando esa información falsa se sometieron a Hacienda planillas de contribución de ingreso reclamando reintegro de contribuciones retenidas.

El Departamento de Hacienda se concentró en los cheques emitidos por

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dicha agencia como producto de la radicación de las planillas falsas; pudo constatar que no todos los cheques tenían endoso, y que en los que estaban firmados, el endoso era ilegible.

Por no conocer la identidad de los aquí acusados y bajo la premisa de que el nombre de la aquí acusada era otro de los nombres ficticios utilizados, Hacienda solicitó a los dos bancos que habían procesado los cheques, información referente al número de cuenta en donde habían sido depositados los mismos.

Cuando Hacienda conoce por primera vez, la identidad de los acusados, el Ministerio Público somete cargos en contra de José N. Loubriel Serrano y Linda V. Suazo Vázquez, de apropiación ilegal de fondos públicos y de posesión y traspaso de documentos falsificados. Esto por poseer y circular como genuinos, unos cheques emitidos por el Departamento de Hacienda a favor de personas distintas a los acusados.

Estando el caso pendiente para juicio, la defensa presentó una moción de supresión de evidencia donde solicitó del tribunal la supresión de todos los documentos obtenidos como producto del allanamiento en el hogar de Astacio. El T.P.I. declaró la moción no ha lugar por entender que los acusados no tenían ninguna expectativa legítima de intimidad en el hogar de Astacio por no tener interés propietario ni posesorio, ni residir u hospedarse en el mismo. La determinación del T.P.I. no fue recurrida...

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