Pueblo V. Ortiz Pérez 1987, 123 D.P.R. 216

AutorDra. Ruth E. Ortega-Vélez
Páginas396-398

Page 396

Discreción del Tribunal Para Excluir Evidencia Pertinente.

Hechos: Evelyn Ortiz Pérez visitó un laboratorio clínico. Allí se encontraban la tecnóloga, y tres personas más, entre ellos un menor. Ortiz Pérez salió del laboratorio. El menor pidió permiso a su madre para ir hasta la farmacia. Tan pronto salió, el niño regresó acompañado de un hombre armado quien lo sujetaba y encañonaba por la sien. El individuó reunió al personal y exigió el dinero en efectivo, más prendas y carteras. En esos momentos se asomó Ortiz Pérez, la persona que había inquirido por el costo de los análisis. Completado el atraco, el individuo abandonó el establecimiento acompañado por la mujer. Las víctimas avisaron a la Policía y se presentó la querella correspondiente.

En el Cuartel General había una sospechosa que respondía a la descripción de la acusada. El proceso culminó con la identificación mediante rueda de detenidos de Evelyn Ortiz como la mujer que, en unión a otro individuo, asaltó el laboratorio. Ortiz fue convicta y sentenciada a 20 años de prisión. Esta recurre ante el Tribunal Supremo. En apelación, la acusada-convicta impugna el trámite y la prueba de identificación, y la negativa del tribunal a admitir cierta prueba de defensa (no permitir que se exhibiera frente al jurado y a la testigo de identificación, a otra persona con el propósito de impugnar la prueba de identificación del Pueblo).

Controversia: Si la identificación es confiable. La apelante entiende que el procedimiento estuvo viciado fatalmente ya que no se tomó una foto de la rueda de detenidos de forma absolutamente simultánea con su celebración, circunstancia que produce, a su entender, una violación a su derecho al debido proceso de ley, a la igual protección de las leyes y a tener un juicio justo e imparcial.

Decisión del Tribunal Supremo: Confirma la sentencia apelada. (1) La prueba de identificación, bajo la totalidad de las circunstancias es confiable y suficiente en derecho, y (2) la evidencia de defensa excluida por el juez, a pesar de su pertinencia, fue correctamente rechazada al amparo de la discreción que concede al tribunal la Regla 19 de Evidencia.

Fundamentos legales: En apelación, la conclusión del juzgador de hechos sobre la suficiencia de la prueba confiable para la identificación de un acusado tiene el respeto y validez que ordinariamente se extiende a las determinaciones de hechos. La admisión de prueba de identificación, aunque esta contenga elementos de...

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