Pueblo V. Reyes Lara 1972, 100 D.P.R. 676
Autor | Dra. Ruth E. Ortega-Vélez |
Páginas | 435-437 |
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El Carácter como Prueba Circunstancial.
Hechos: Paula Reyes Lara fue acusada y convicta de asesinato en 2do. grado y del delito menos grave de portar, conducir y transportar un cuchillo el cual utilizó en la comisión de un delito de asesinato en 2do. grado en la persona de Francisco López Rivera. Fue condenada a cumplir las penas de 2 años de cárcel por el delito menos grave y 10 a 15 años de presidio por el asesinato.
El Dr. Rafael Criado, primer testigo de cargo, aseveró haberle practicado la autopsia al cuerpo del occiso. Atribuyó la causa de la muerte a una herida cortante localizada al nivel cuadrante superior derecho del abdomen.
Carmen Iris Velardo declaró que ese día doña Paula, desde su casa y don Francisco, desde abajo, se insultaban mutuamente; que don Francisco para abrir la puerta de la casa de doña Paula fue a la suya propia trayendo consigo una barra con la cual descerrajó la puerta, y subió a casa de doña Paula donde le pegó con una antena de carro. Doña Paula, sangrando, se quedó en su casa mientras
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don Francisco bajó a donde estaban los muchachos bebiendo. Siguen insultándose, y don Francisco vuelve a subir a casa de doña Paula; esta vez portaba una cuchilla abierta en la mano con la cual 'le tiró' dos o tres veces a doña Paula. Esta, que se encontraba cocinando, también ‘tiraba’ con un cuchillo. En ese momento doña Carmen interviene y se lleva a doña Paula a un cuarto de la casa. Doña Paula se escapa hacia la cocina donde don Francisco le propina un golpe que la tumba.
Doña Paula sangraba profusamente y aparentaba estar inconsciente. Mientras doña Carmen curaba a doña Paula, esta coge el cuchillo, se dirige a don Francisco y le hiere. El sobrino de la apelante narró los hechos en concordancia a como los había narrado la señora Carmen Iris Velardo. Reyes Lara apela ante el Tribunal Supremo.
Controversia: Si el tribunal de instancia incidió al admitir prueba sobre convicciones de la apelante por la comisión de delitos menos graves.
Decisión del Tribunal Supremo: Revoca las sentencias que condenan a la acusada por el delito de Asesinato en Segundo Grado y por una infracción al Art. 4 de la Ley de Armas y devuelve el caso para nuevo juicio. La admisión de las anteriores convicciones de la apelante perjudicó gravemente sus derechos.
Fundamentos legales: El incidente que motiva el apuntamiento de error comenzó al finalizar la prueba de la defensa cuando esta ofreció en evidencia, sin objeción del fiscal...
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