Pueblo V. Rosaly Soto 1991, 128 D.P.R. 729

AutorDra. Ruth E. Ortega-Vélez
Páginas473-476

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La Pertinencia. Privilegios. Efecto de Error en la Admisión de Evidencia. Hechos: Aproximadamente a las 7:00 A. M. del día 20 de septiembre de 1985 un individuo irrumpió, arma de fuego en mano, en una residencia, hogar donde vivía el matrimonio compuesto por Pablo Santiago Rodríguez y Leticia Velázquez Borrero junto a sus tres hijos pequeños. Conforme surge del testimonio que prestara ante el tribunal de instancia Life Santiago Velázquez -el mayor de los hijos y el único de ellos con capacidad suficiente para narrar lo allí sucedido en un tribunal de justicia- el intruso, a quien él conocía de vista por haberlo visto varias veces con anterioridad al día de los hechos en su casa, le informó a su papá: "Felo Bonilla me mandó a matarte. Pero yo no quiero matarte, tu eres mi amigo, quiero chavos para embarcarme".

Dicho sujeto, de acuerdo con la declaración del referido testigo, procedió a "amarrarle" las manos al matrimonio y "metió" a los niños en el cuarto de baño de la residencia. Allí permaneció Life Santiago Velázquez hasta que, en un momento dado, su mamá se allegó al referido cuarto de baño y le instruyó para que huyera. Este se arrastró por el piso de la casa, logrando salir fuera de la misma. Estando en una pequeña estructura aledaña a la casa principal, lugar donde se había refugiado, el testigo escuchó unos disparos de arma de fuego. Luego de observar al intruso salir corriendo de su hogar, el niño regresó a esta, donde pudo observar los cuerpos, inertes y ensangrentados, de sus padres en el piso de la residencia. El niño se dirigió a casa de un vecino, a quien le informó que un hombre, persona quien él conocía, había matado a sus padres.

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Con la ayuda de Life Santiago Velázquez, la Policía preparó un boceto del rostro del asesino. En dos ocasiones distintas, Life Santiago Velázquez identificó la foto de Orlando Rosaly Soto, en procedimiento de identificación por fotos, como la persona responsable de causarles la muerte a sus padres. El ministerio fiscal radicó pliegos acusatorios contra Rosaly Soto por los delitos de infracción a los Arts. 6 y 8 de la Ley de Armas y por el de Asesinato en Primer Grado. El Estado alegó delincuencia habitual, ya que el Apelante había sido convicto por la comisión de varios delitos graves, sentencias que eran finales y firmes.

En adición al testimonio del niño Life Santiago Velázquez, el ministerio fiscal presentó el de nueve testigos adicionales. Los testimonios de estos, en...

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