Pueblo V. Torres Feliciano, 2016 T.S.P.R. 163
| Autor | Dra. Ruth E. Ortega-Vélez |
| Páginas | 322-325 |
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Procedimiento Criminal. Nuevo Juicio.
Hechos: Por hechos ocurridos el 21 de febrero de 2009, un Jurado encontró culpable de forma unánime a Ashley M. Torres Feliciano por los delitos de asesinato (Art. 106 del Código Penal de 2004) y portación y uso de armas blancas (Art. 5.05 de la Ley de Armas). La prueba de cargo consistió en el testimonio de varios testigos. Aunque anunció como testigos de cargo a los agentes René Rodríguez y Brunilda Borrero, el Ministerio Público decidió no utilizarlos. El tribunal decretó un receso en la Sala para que el abogado de defensa los examinara a ambos. Luego del receso, la defensa indicó al Tribunal que tuvo oportunidad de entrevistar a los testigos y no le interesaba interrogar los mismos. El Jurado, unánimemente, emitió un veredicto de culpabilidad de los delitos según imputados. El T.P.I. sentenció a la recurrida a una pena de reclusión de 111 años de cárcel.
La reconsideración y la solicitud de nuevo juicio fueron denegadas. Ante el T.A., la convicta alegó que se violentaron sus derechos constitucionales a tener un debido proceso de ley y un juicio justo al omitir la entrega de prueba exculpatoria. Adujo que la defensa no tuvo oportunidad de examinar el Informe de Escena preparado por el agente investigador Rodríguez, al que tuvo acceso por primera vez durante la celebración de la Vista Evidenciaria en la que el agente admitió que él no había entregado el informe. Sostuvo que el Informe
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constituye prueba exculpatoria toda vez que no menciona a la recurrida como sospechosa o participante de conducta delictiva alguna.
El T.A. revocó el veredicto condenatorio unánime y ordenó la celebración de un nuevo juicio. El planteamiento de Torres Feliciano es que de los testimonios de los testigos no se desprende que la recurrida fuera considerada sospechosa sino perjudicada. De esta manera, determinó que procedía celebrarse un nuevo juicio. El Estado recurre ante el Tribunal Supremo.
Controversia: Si erró el T.A. al expedir el auto de certiorari solicitado por Ashley Torres Feliciano y ordenar la celebración de un nuevo juicio.
Decisión del Tribunal Supremo: Se confirma determinación del T.A. por los jueces estar igualmente divididos.
Fundamentos legales: Opinión disidente emitida por el Juez Rivera García: Las Reglas de Procedimiento Criminal regulan la concesión de un nuevo juicio bajo el supuesto del descubrimiento de nueva prueba en las Reglas 188 y 192. El factor determinante en cuanto a...
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