Rabell V. Tribunal, 1974, 102 D.P.R. 39

AutorDra. Ruth E. Ortega Vélez
Páginas479-480
Síntesis: Jurisprudencia Procedimiento Criminal
479
RABELL V. TRIBUNAL,
1974, 102 D.P.R. 39 (PER CURIAM)
Enmiendas a la Acusación, Denuncia o Pliego de Especificaciones.
Hechos: Contra el peticionario se determinó causa probable y se expidió
y diligenció orden de arresto en virtud de denuncia jurada el 29 de abril de
1969 por el delito de conspiración, cuyo texto, lee:
“DENUNCIA
...Durante los meses de octubre 1968 a marzo de 1969. De noche y de día. En
el Distrito Judicial de Aguadilla y de San Juan, ....
“Los arriba indica [ sic ] acusados en la fecha, sitio y hora arriba indicada,
ilegal, voluntaria, maliciosa y criminalmente, actuando en concierto y de
común acuerdo entre sí y en el Distrito Judicial de Aguadilla así como en el
Distrito Judicial de San Juan, conspiraron para cometer actos de terrorismo
encaminados a la fabricación de artefactos explosivos, alteraciones a la paz
pública, incendio de estructuras y cañaverales, poniendo en peligro con dicho
actos la vida y propiedad de personas...” .
La acusación original jurada por el fiscal el 27 de junio de 1969 siguió el
texto de la denuncia. El 19 de mayo de 1970, pasado el año que es término
de prescripción del delito de conspiración, presentó el fiscal previo permiso
del tribunal, una acusación enmendada en la que imputó al peticionario y a
otros ocho coacusados el mismo delito en el siguiente lenguaje:
“...actuando en concierto y de común acuerdo entre sí, conspiraron para
cometer actos perjudiciales a la seguridad pública y encaminados a pervertir
y obstruir la justicia y la debida administración de las leyes y a tales efectos
cometieron actos de terrorismo, fabricaron artefactos explosivos, cometieron
alteraciones a la paz pública, incendios de estructura y cañaverales, poniendo
en peligro con dichos actos la vida y propiedad de personas...”.
Controversia: Si la “denuncia” preparada para someter un caso para
determinación de causa exige o no requisitos extremos de suficiencia que
satisfagan la definición óptima del delito
Decisión del Tribunal Supremo: Anula el auto expedido y devuelve el
expediente al tribunal de origen para continuación de los procedimientos.
Para la determinación de causa probable para arrestar no se debe exigir que
la denuncia exponga con perfección legal todos los elementos del delito que
pretende imputar, ya que la prueba que es sometida ante el juez instructor
suple cualquier defecto en la denuncia.
Fundamentos legales: Bajo las Reglas de Procedimiento Criminal, la
denuncia y acusación cumplen la función básica de informar al acusado que
se ha iniciado un proceso judicial en su contra; es a manera de advertencia
o alerta para que prontamente gestione y ponga en acción sus elementos de
defensa con los cuales enfrentar la acusación. Precisamente para que el
transcurso del tiempo no opere contra el acusado borrando el recuerdo,
desapareciendo testigos o produciendo la pérdida o extravío de evidencia

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