Ley Núm. 093 de 16 de Mayo de 2006 de Enmiendas de la Ley para Reglamentar el Negocio de Bienes Raíces y la Profesión de Corredor, Vendedor o empresa de Bienes Raíces

EventoLey
Fecha16 de Mayo de 2006

Ley Núm. 93 de 16 de mayo de 2006

(P. de la C. 1096)

(Reconsiderado)

Para enmendar el Artículo 31 de la Ley Núm. 10 de 26 de abril de 1994, según enmendada, conocida como "Ley para Reglamentar el Negocio de Bienes Raíces y la Profesión de Corredor, Vendedor o Empresa de Bienes Raíces en Puerto Rico" para añadirle un inciso 22 a fin de instituir la obligación del corredor de bienes raíces de orientar al comprador sobre la necesidad y conveniencia de hacer una inspección física de una propiedad por un perito debidamente certificado dentro de una transacción de bienes raíces.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La

compra de una propiedad es una de las inversiones con más trascendencia en la vida de muchas personas. Es por esta razón que la compra de una propiedad debe ser una conciente e informada. El realizar una inspección física de la misma antes de la compra es de vital importancia para todas las partes envueltas.

Muchas personas recurren a los corredores de bienes raíces para realizar una transacción de compra o venta de una propiedad.

Es este profesional el llamado a servir como intermediario en las transacciones de bienes raíces, teniendo la responsabilidad de ofrecer un servicio de la más alta calidad y excelencia.

Dentro de este servicio es fundamental que el corredor de bienes raíces oriente a sus clientes de la necesidad de llevar a cabo una inspección física de la propiedad particular cuando no son propiedades nuevas. Todos sabemos que las propiedades sufren

deterioro en sus componentes esenciales por el pasar del tiempo, y en muchas ocasiones éstas no son percibidas a simple vista.

Entendemos que esta medida es beneficiosa para todas las partes envueltas en una transacción de compra y venta de una propiedad, ya que protegería tanto al corredor como al vendedor de reclamaciones por defectos encontrados en la propiedad posterior a la adquisición de la misma.

De igual manera beneficia al comprador...

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