Rebollo Vda. Liceaga V. Yiyi Motors, 2004 J.T.S. 4

AutorDra. Ruth E. Ortega Vélez
Páginas307-309

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Revisión Judicial.

Hechos: El 17 de marzo de 1997, la señora Socorro Rebollo Vda. de Liceaga adquirió un auto de Yiyi Motors, que le ofreció una garantía ventajosa. El 3 de julio de 2000, la Sra. Rebollo Vda. de Liceaga llevó el vehículo al taller de servicio de Yiyi Motors para la reparación de la unidad de aire acondicionado. Encontraron que el condensador de la unidad de aire estaba corroído y que otras piezas estaban mohosas. Le informaron que la reparación del aire acondicionado no estaba en garantía, puesto que esta había expirado. La recurrente pagó por dichos servicios. Yiyi Motors se negó a corregir dicho desperfecto y refirió a la recurrente al distribuidor del vehículo, Motor Ambar, Inc. Dicho distribuidor, por su parte, negó obligación alguna aduciendo que la garantía no cubría ocasiones en que el vehículo estaba en exposición excesiva al salitre. Le recomendaron a la Sra. Rebollo Vda. de Liceaga que le diera un tratamiento contra la corrosión.

La Sra. Rebollo Vda. de Liceaga presentó una querella ante el D.A.C.O., por alegado incumplimiento con la garantía del vehículo. En síntesis, alegó que Yiyi

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Motors y Motor Ambar, Inc., se negaban a honrar la garantía correspondiente a daños por corrosión del vehículo. Solicitó que se le repararan las piezas con corrosión y se le diera un tratamiento o se remplazaran las mismas. Un funcionario del D.A.C.O. llevó a cabo una inspección del vehículo y concluyó que “el vehículo presentó algunas partes con salitre”. La Sra. Rebollo objetó el informe, pero el D.A.C.O. no se expresó sobre ese particular. En la vista ante el foro administrativo, la Sra. Rebollo narró que el Gerente de Servicios de Motor Ambar Inc. le confirmó que al vehículo no le habían dado un tratamiento especial anticorrosivo antes de vendérselo. El D.A.C.O. desestimó la querella; determinó que de la prueba desfilada durante la vista administrativa se desprendía que la corrosión que presentaba el vehículo había sido causada por el salitre. El T.A. confirmó la decisión del D.A.C.O., confiriéndole así deferencia a la determinación administrativa.

Controversia: Si el foro apelativo cometió error al confirmar la determinación del D.A.C.O.

Decisión del Tribunal Supremo: Revoca la sentencia recurrida y le ordena a las querelladas a honrar la garantía contra la corrosión al resolver que la exclusión de corrosión causada por la “sal” no incluye necesariamente la corrosión causada por “salitre”.

Fundamentos...

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