Res ipsa loquitur

AutorRuth E. Ortega Vélez
Páginas451-452

Page 451

Daños y Perjuicios. "La cosa habla por sí sola". Se trata de una norma de evidencia cuyo propósito es lograr que el demandante pueda establecer la negligencia del demandado a pesar de que no hay testigos presenciales o actos específicos de negligencia que demostrar. El Tribunal Supremo inserta esta doctrina en Derecho puertorriqueño en el caso de Soc. de Gananciales v. Presbyterian Hospital, 1963, 88 D.P.R. 391, donde expuso que la misma es de aplicación en un caso de daños y perjuicios sin concurren los siguientes requisitos: (a) El accidente debe de ordinario no ocurrir a no ser por negligencia de otra persona; (b) debe causarlo una agencia o instrumentalidad dentro del control exclusivo del demandado; y () no debe ocurrir debido a acción voluntaria del demandante. Como condición previa a la aplicación...

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