Responsabilidad absoluta

AutorRuth E. Ortega Vélez
Páginas452-453

Page 452

(Del fabricante o vendedor). Es la norma que rige en Puerto Rico contra el fabricante o vendedor por daños causados por productos defectuosos o peligrosos. Bajo esa norma, el demandante tiene que probar que el producto era defectuoso y que el defecto le ocasionó un daño, pero, no tiene que probar la negligencia del fabricante. Aunque el fabricante no es asegurador de todos los daños que puedan ser ocasionados por sus productos, será responsable de los daños sufridos por el demandante cuando este haya utilizado el producto para un uso razonablemente previsible. En los casos donde se impone responsabilidad extracontractual bajo la doctrina de responsabilidad absoluta, es de aplicación la norma de la graduación de la culpa. En la doctrina de responsabilidad absoluta del fabricante quedan incluidos los defectos de fabricación del producto, los defectos de diseño del producto, y los defectos por la insuficiencia en las advertencias o instrucciones del producto. Un producto es considerado defectuoso "si el fabricante o vendedor no le

Page 453

ofrece al usuario o consumidor aquellas advertencias o instrucciones que sean adecuadas en torno a los peligros o riesgos inherentes en el manejo o uso del producto"; "dicho deber se extiende a todos los usos del producto que sean razonablemente previsibles para el fabricante". Un producto es defectuoso porque las advertencias o instrucciones que ofrece el fabricante son insuficientes o inadecuadas: (1) cuando los riesgos de uso del producto no son aparentes ni anticipables por los usuarios o consumidores; (2) en el caso de productos inevitablemente peligrosos aunque sean útiles; o (3) cuando no se corrobora la efectividad de los avisos o instrucciones.505 Los objetivos al ofrecer información y advertencias sobre un producto son: (l) facilitar que el consumidor lo utilice sabiamente, reduciendo el riesgo de una posible lesión, y (2) promover la autonomía individual en el proceso de decisión sobre la adquisición del producto. La obligación del fabricante de ofrecer instrucciones y advertencias sobre un producto, según el Tribunal, incluye, entre otros, el deber de (1) ofrecer instrucciones sobre el manejo del producto; (2) advertir sobre posibles riesgos en el uso del producto, ya sean latentes u ocultos; (3) alertar sobre las consecuencias dañinas que pueden surgir al utilizar el producto de forma incorrecta; y (4) ofrecer instrucciones sobre la forma de evitar lesiones, así como instrucciones...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR