Responsabilidad del agente retenedor

Ali Díaz

En ocasiones, el Departamento de Hacienda delega a ciertos negocios la responsabilidad de retener contribuciones en los diversos pagos o cobros que realiza a otros. Un “agente retenedor” es el término que se usa para describir a cualquier persona o entidad que tenga la obligación de deducir, cobrar y retener cualquier contribución o impuesto, de acuerdo a las disposiciones del Código de Rentas Internas.

Un agente retenedor puede estar obligado a retener cualquiera de los siguientes impuestos: la contribución sobre ingresos en el caso de salarios; contribución sobre ingresos en el caso de servicios prestados; y el impuesto sobre venta y uso (IVU), entre otros. A continuación, encontrarán un breve resumen de los requisitos de retención, reportes y depósitos relacionados a cada uno de estos impuestos.

Retención sobre salarios

El patrono es el agente retenedor, por lo que retiene al empleado una cantidad por concepto de contribución sobre ingresos.

¿Cómo se hace la retención? En cada periodo de nómina, el patrono debe retener una porción del salario por concepto de contribución sobre ingresos. La retención que le aplica a cada empleado se determina a través del formulario 499 R-4.

¿Cómo y con qué frecuencia se depositan las retenciones en Hacienda? Los pagos de la retención, se podrán hacer a través de la Colecturía Virtual o acogiéndose al Sistema de Transferencia Electrónica, completando el Formulario Modelo SC 2764. La frecuencia dependerá de si el Departamento de Hacienda le considera un depositante bisemanal, mensual o si puede depositar trimestralmente.

¿Qué documentación adicional debe someterse? Trimestralmente se radica el Formulario 4991RB, Planilla Trimestral, con el total de salarios pagados sujetos a retención para los trimestres terminados en marzo, junio, septiembre y diciembre. Los comprobantes de retención sobre salarios (W-2) deben ser radicados en o antes del 31 de enero del siguiente año natural y entregarse a los empleados no más tarde de dicha fecha.

Retención de contribución en el caso de servicios prestados

En este caso el cliente es el agente retenedor, el que retiene al suplidor de servicios una cantidad por concepto de contribución sobre ingresos.

En el caso de que los servicios sean provistos por residentes de Puerto Rico, la retención general es 7%, pero puede ser reducida a 4% o 0% en ciertos casos. Si el servicio es provisto por un ciudadano americano no-residente de Puerto Rico, la retención...

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