Responsabilidad de los dueños de establecimientos comerciales

AutorRuth E. Ortega Vélez
Páginas456-457

Page 456

Daños y Perjuicios. Esta doctrina postula que una persona o empresa que tiene un establecimiento comercial abierto al público debe tomar las medidas necesarias para que las áreas a las que tienen acceso sus clientes sean razonablemente seguras. Dicho de otra forma, cuando una empresa mantiene abierto al público un establecimiento, con el objeto de llevar a cabo operaciones comerciales para su propio beneficio, tiene el deber de mantener dicho establecimiento en condiciones de seguridad tales que sus clientes no sufran daño alguno. Ello, sin embargo, no significa que el dueño de un establecimiento comercial asume una responsabilidad absoluta frente a cualquier daño sufrido por sus clientes. Su deber solo se extiende al ejercicio del cuidado razonable para su protección.510

En Ramos Milano v. Wal-Mart Puerto Rico, 2006 J.T.S. 106, el Tribunal Supremo expresa que, para que se le imponga responsabilidad al demandado, el demandante tiene que probar que el dueño no ejerció el debido cuidado para que el local fuese seguro. Así, en los casos de accidentes en establecimientos comerciales, el Tribunal le ha impuesto responsabilidad siempre que el demandante pruebe que existían condiciones peligrosas dentro de las tiendas correspondientes, "las cuales eran de conocimiento de los propietarios o su conocimiento podía imputárseles a estos" .En otras palabras, el demandante tiene

Page 457

que probar que su daño se debió a la existencia de una condición peligrosa, que esa condición fue la que con mayor probabilidad ocasionó el daño, y que la misma era conocida por el demandado, o que debió conocerla.511

Los dueños de establecimientos comerciales deben ejercer un cuidado razonable para proteger la seguridad de sus clientes...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR