Rivera Aguila V. K-mart 1989, 123 D.P.R. 599

AutorDra. Ruth E. Ortega-Vélez
Páginas568-569

Page 568

La Suficiencia de la Prueba. Discriminación. Daños y Perjuicios.

Hechos: Laura Rivera Aguila trabajó para la demandada K-Mart Corp. desde el 1983 hasta el 1985. Comenzó como cajera haciendo a veces las funciones de supervisora de cajas a tiempo parcial. El 21 de noviembre de 1984 la ascendieron a supervisora de cajas a tiempo completo. Dos meses más tarde, en enero de 1985, la despidieron. En 1985, presentó ante el Tribunal Superior una reclamación en daños y perjuicios, por despido injustificado por discrimen por razón de sexo. Alegó que fue despedida debido a su estado de embarazo. K-Mart Corp. contestó alegando que el despido fue uno justificado; adujo que Rivera Aguila fue despedida por no realizar su labor conforme las normas de trabajo establecidas por K-Mart; que, a pesar de haber sido apercibida sobre estas fallas, no las corrigió.

El tribunal desestimó la demanda. Resolvió que el despido fue justificado. Concluyó como cuestión de derecho que la parte demandante no cumplió con el peso de la prueba que impone la Regla 10A de Evidencia. La parte demandante acudió ante el Tribunal Supremo.

Controversia: Si el tribunal de instancia erró al aplicar incorrectamente las disposiciones de la Ley Núm. 100, y si erró al evaluar la prueba.

Decisión del Tribunal Supremo: Revoca la sentencia. Resuelve que la parte demandada no controvirtió, por preponderancia de la prueba, la presunción de despido injustificado que surge de la ley. Fundamentos legales: Habida cuenta que el discrimen por razón de embarazo no constituye discrimen por razón de sexo, dentro del significado del Título VII de la Ley Federal de Derechos Civiles de 1974. En 1978, el Congreso aprobó el Pregnancy Discrimination Act (PDA) para especificar que el discrimen por razón de embarazo está comprendido dentro del discrimen por razón de sexo establecido en la P.D.A. El Pregnancy Discrimination Act otorga amplia protección a la mujer obrera en estado de gestación.

El Título VII de la Ley Federal de Derechos Civiles no ha ocupado el campo en materia de protección a la mujer embarazada; la ley federal solo garantiza un mínimo de beneficios por razón de embarazo, lo que no impide a los estados ofrecer una mayor protección. En acciones bajo el Título VII -discrimen en el empleo- corresponde al demandante establecer un caso prima facie de discrimen, luego de lo cual el onus probandi recae sobre el patrono, quien debe justificar la acción alegadamente discriminatoria; el...

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