Rodríguez Cruz V. Padilla, 1990, 125 D.P.R. 456

AutorDra. Ruth E. Ortega Vélez
Páginas357-359

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Despido Discriminatorio. Empleados de Confianza. Afiliación Política. Hechos: Antonio Rodríguez Cruz, ocupó el puesto de carrera de Inspector de Saneamiento en el Departamento de Obras Públicas del Municipio de Trujillo Alto desde enero de 1977 hasta abril de 1979, fecha en que fue nombrado Director de la Defensa Civil del pueblo de Trujillo Alto por el entonces Alcalde de dicho Municipio. En enero de 1981, fue electo Pedro A. Padilla Ayala como alcalde de Trujillo Alto.

En 1983, el Alcalde Padilla le notificó a Rodríguez Cruz que cesaría en sus funciones de Director de la Defensa Civil, pudiendo reintegrarse al puesto de Inspector de Saneamiento que él antes ocupaba. Adujo el Alcalde Padilla que el puesto de director de la Defensa Civil era uno "de confianza" y, como tal, "...el incumbente de ese puesto sirve a voluntad del Alcalde”.

El señor Rodríguez Cruz, su esposa Carmen Beatriz Vega, y la sociedad legal de gananciales compuesta por ambos, instaron demanda de injunction, daños y perjuicios y mandamus, ante el Tribunal Superior contra el Sr. Pedro Padilla Ayala, su cónyuge, su respectiva sociedad legal de gananciales, y el Municipio de Trujillo Alto. Alegó: que el puesto que ocupaba como director de la Defensa Civil de Trujillo Alto era uno de carrera y que este fue separado del mismo sin celebración de vista ni procedimiento alguno; que este siempre rindió una labor eficiente y óptima como director de dicha dependencia municipal y hasta el momento de los hechos su trabajo no había sido nunca criticado ni cuestionado por el Alcalde Padilla ni ningún otro personal del Municipio; que Rodríguez Cruz era simpatizante y miembro activo del P.N.P. y que durante los meses previos a las elecciones de 1980 hizo campaña activa a favor del P.N.P. y del candidato a alcalde por dicho partido; que otra persona militante del P.P.D. había pasado a ocupar la posición de la cual el Rodríguez Cruz fue destituido.

El demandante solicitó del tribunal de instancia que declarase nula e ineficaz la destitución en controversia; con lugar la acción de injunction y mandamus contra el Alcalde Pedro A. Padilla; ordenase la reinstalación de Rodríguez Cruz

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al puesto que ocupaba como Director de la Defensa Civil; y prohibiese al Alcalde Padilla continuar violándole sus derechos constitucionales. La parte demandada alegó que las actuaciones del Alcalde Padilla se ajustaban a la ley.

El Tribunal Superior declaró con lugar la demanda y ordenó la...

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