Rodríguez Ramos V. E.L.A., 2014 T.S.P.R. 32
Autor | Dra. Ruth E. Ortega-Vélez |
Páginas | 100-103 |
Page 100
Nulidad de Contrato por Contravención de Ley.
Hechos: El Lcdo. Ramiro Rodríguez Ramos prestó sus servicios profesionales como abogado al Departamento de Transportación y Obras Públicas y a la Autoridad de Carreteras y Transportación, desde 1990 hasta el 2 de julio de 2007. La ACT es una corporación pública adscrita al DTOP.
El 18 de febrero de 2006, el licenciado Rodríguez Ramos entregó al Director de la Oficina de Asuntos Legales del DTOP y la ACT, el Lcdo. Manuel Cámara Montull, los documentos necesarios para la renovación de sus contratos para el año fiscal 2006-2007. El 16 de mayo de 2006, el Ayudante Especial del Secretario del DTOP, el Lcdo. Alberto Castro, informó al abogado que la ACT le renovaría el contrato, le sometió el borrador del contrato y le solicitó que suministrara por segunda vez los documentos necesarios para la renovación correspondiente. El licenciado Rodríguez Ramos así lo hizo.
La ACT preparó el contrato de servicios profesionales para el año fiscal 2006-2007 y la certificación para registrarlo en la Oficina del Contralor. El licenciado Rodríguez Ramos suscribió ambos documentos y los entregó al licenciado Cámara Montull para que fueran a su vez suscritos por la agencia y registrados en la Oficina del Contralor. Sin embargo, el licenciado Cámara Montull se limitó a registrar el borrador del contrato en el Área de Finanzas y no lo procesó.
El licenciado Rodríguez Ramos sometió nuevamente los documentos necesarios para renovar los contratos por escrito. Luego, informó al licenciado Cámara Montull y a la Asesora Legal del Director Ejecutivo de la ACT que tenían que pagarle los servicios prestados mediante resolución de reconocimiento de deuda, pues la ACT y el DTOP lo habían autorizado a continuar prestando sus servicios.
En junio de 2007, la Lcda. Grace Santana Balado asumió la dirección de la Oficina de Asuntos Legales y solicitó al licenciado Rodríguez Ramos un informe sobre los asuntos que le habían sido referidos. El abogado entregó el informe solicitado y los documentos necesarios para otorgar los contratos para el próximo año fiscal: 2007-2008. Luego, este informó a la licenciada Santana que no le habían renovado los contratos para ese año, por lo que le solicitó que le informaran por escrito si lo autorizaban a continuar representando legalmente a la agencia ante los tribunales. El 2 de julio de 2007, la licenciada Santana le indicó que no le iban a otorgar contrato para el referido año fiscal y que...
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