Secretario De Inst. V. Quiñones, 1979, 108 D.P.R. 344

AutorDra. Ruth E. Ortega Vélez
Páginas411-413

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Revisión Judicial.

Hechos: El Secretario de Instrucción Pública de Puerto Rico suspendió el certificado de maestro a Manuel Quiñones Díaz por el término de un año a base de que, ante la presencia de maestros y estudiantes, agredió ilegal y maliciosamente al esposo de una maestra. El maestro fue acusado ante el Tribunal y hallado culpable del delito de Acometimiento y Agresión Simple.

Los hechos que terminaron con la agresión comenzaron el 31 de enero de 1974, cuando la Federación de Maestros de Puerto Rico decretó una huelga que se extendió hasta el 3 de marzo siguiente. Los maestros pertenecientes a la Federación, incluyendo al querellado, no asistieron a clases durante dicho período de tiempo o parte de él. A solicitud del Secretario de Instrucción el Tribunal Superior dictó una orden provisional de entredicho requiriendo a los maestros en huelga a reintegrarse a sus labores docentes y cumplir con los deberes y obligaciones de sus respectivos cargos. No obstante haber ordenado el Tribunal la reintegración a sus labores, los maestros involucrados se negaron a obedecerla. El Secretario procedió, entonces, a suspender a los infractores de empleo y sueldo y les canceló sus certificados de maestro conforme lo autoriza la Ley Núm. 115 de 30 de junio de 1965, según enmendada.

El 2 de marzo, el Secretario se reunió con el Presidente de la Federación de Maestros. Acordaron mediante carta que, tan pronto los maestros regresen a sus labores el Departamento suspendería el envío de notificaciones y, a las ya notificadas se solicitaría con urgencia de la Junta de Apelaciones que dé atención inmediata a la vista de los casos en un solo bloque ya que la causa de suspensión ha sido la misma. De haber terminado el paro de todo el personal en huelga, lo notificaría a la Junta para que se considere este hecho como un atenuante.

Los maestros afectados acudieron en apelación a la Junta de Apelaciones del Sistema de Instrucción Pública. La Junta modificó la determinación que había hecho el Secretario al cancelar los certificados de los maestros, y redujo la medida disciplinaria a una suspensión limitada al tiempo en que cada uno de los maestros hubiera estado ausente de sus labores docentes entre el 31 de enero, fecha en que comenzó la huelga, y el 3 de marzo fecha en que se reintegraron a sus labores, todo ello basado en una estipulación sometida por las partes y

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aprobada por la Junta, a la luz de la prueba documental ofrecida y...

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