Sentencia de Tribunal Apelativo de 03-02-2023, número de resolución KLAN202200397

Fecha de la decisión03 Febrero 2023
PartesHector Espinosa Diaz v. The Hershey Company
LEXTA20230203-014 - Hector Espinosa Diaz v. The Hershey Company

LEXTA20230203-014 - Hector Espinosa Diaz v. The Hershey Company

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL ESPECIAL

HÉCTOR ESPINOSA DÍAZ Y OTROS

Apelantes

v.

THE HERSHEY COMPANY; HYTO INSURANCE; GAVIOTA INC.

Apelados

______________________

ÁNGEL GONZÁLEZ SÁEZ Y OTROS

Apelantes

v.

THE HERSHEY COMPANY; HYTO INSURANCE; GAVIOTA INC.

Apelados

KLAN202200397

Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Humacao

Caso Núm.:

HSCI200801467

Sobre:

Cobro de Dinero

Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Humacao

Caso Núm.:

HSCI201300833

Sobre:

Cobro de Dinero

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Birriel Cardona, la Jueza Santiago Calderón y la Jueza Díaz Rivera[1].

Díaz Rivera, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 3 de febrero de 2023.

Comparecen el Sr. Héctor Espinosa Díaz y Ángel González Sáez y otros (apelantes), quienes, por medio de su recurso, nos solicitan que revoquemosuna Sentencia emitida el 28 de marzo de 2022, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Humacao.[2] Mediante dicho dictamen, el foro apelado denegó sumariamente la Demanda sobre Cobro de Dinero instada por los apelantes en contra de la apelada, The Hershey Company, Hyto Insurance, Gaviota, Inc. (Hershey o Compañía). A su vez, dicho foro declaró no ha lugar la Reconvención interpuesta por la Compañía.

Insatisfechos, el 18 de abril de 2022, los apelantes presentaron una Moción al Amparo de las Reglas 43.1 y 47 de Procedimiento Civil. Sin embargo, el 26 de abril de 2022, el foro apelado denegó el reclamo.[3]

Por los fundamentos que expondremos a continuación, seconfirmala Sentencia apelada.

I

Según surge del expediente ante nuestra consideración, Hershey es una compañía que operaba una fábrica en el Municipio de Las Piedras, que cerró operaciones en el 2005.[4] Con el cierre de la planta de Las Piedras, Hershey cesó por completo sus operaciones en Puerto Rico. Consecuentemente, todos los empleados y aquí apelantes, quedaron cesanteados por el cierre.[5] A los empleados que fueron cesanteados por el cierre de la planta, Hershey les ofreció voluntariamente un Paquete de Beneficios que se explicaba en los siguientes documentos: (1) el “Plan de Cierre de la Planta por Hora de Las Piedras del 2005 efectivo al 21 de julio de 2005” (Plan de Cierre) y (2) los respectivos Acuerdos de Separación y Relevo (Acuerdos de Separación) que se entregaron a cada uno de los empleados, incluyendo su Exhibit A.[6] Al recibir los documentos que se incluyeron en el paquete de indemnización, los empleados cesanteados suscribieron una lista titulada “Log-Entrega Paquetes de Indemnización”, en la que hicieron constar la fecha en que recibieron los documentos relacionados a la indemnización ofrecida.[7] Ciento veintidós (122) de los ciento veinticuatro (124) empleados cesanteados, recibieron el Paquete de Beneficios entre el 9 de septiembre y el 6 de octubre de 2005.[8] Mientras, sólo dos (2) la Sra. Sandra Estrada y el Sr. Juan Taraza, recibieron el Paquete de Beneficios luego del 7 de octubre de 2005.[9]

En síntesis, el aludido Plan de Cierre disponía expresamente en su título que su fecha de efectividad sería el 21 de julio de 2005.[10] El Plan de Cierre también disponía para el pago de una compensación a los empleados cesanteados, que consistía en la cantidad que resultara mayor entre las siguientes dos alternativas: (1) dos semanas por cada año de servicio, con un mínimo de pago de ocho semanas, hasta un máximo de 52 semanas; o (2) lo que arrojara la fórmula provista en la Ley 80.[11] Para la fecha en que se hizo efectivo el Plan de Cierre, la Ley 80 establecía una compensación equivalente a un (1) mes de salario si la cesantía ocurría antes de los primeros cinco (5) años de servicio; dos (2) meses de salario sí ocurría entre los cinco (5) y quince (15) años de servicio; y tres (3) meses de salario si ocurría luego de quince (15) años de servicio; más una (1) semana por cada año de servicio prestado en cada caso.[12]

Para hacerse acreedor del paquete de beneficios por cesantía, los empleados elegibles tenían que firmar un Acuerdo de Separación y Relevo.[13] Dicho Acuerdo establecía que, con su firma, el empleado daba su conformidad y satisfacción en cuanto a cualquier reclamación que pudiera tener en contra de Hershey, conocida, pendiente o confirmada al momento de la firma del acuerdo.[14] El párrafo 9 del Acuerdo de Separación y Relevo, específicamente, indicaba lo siguiente:

Su firma en este Acuerdo en consideración por las sumas aquí descritas en el “Exhibit A” y en el Plan pagado a usted constituye conformidad y satisfacción de todos los asuntos, afirmados o no, que usted tenga o pueda tener contra la Compañía, y por lo tanto, serán considerados cosa juzgada (res judicata) e impedimentos por actos propios (estoppel) en cuanto a cualesquiera reclamaciones conocidas, pendientes o confirmadas al momento de la firma, así como cualesquiera reclamaciones no afirmadas o desconocidas.[15]

Mientras, el párrafo 7 del mismo Acuerdo, indicaba que:

En consideración a los pagos establecidos anteriormente, usted, los miembros de su familia, sucesores, herederos, administradores, albaceas, cesionarios dependientes o representantes relevan y renuncian a todas y cada una de las reclamaciones y derechos que pueda tener contra la Compañía.[16]

Además, el precitado párrafo señalaba que:

Usted también reconoce y acuerda que este Relevo aplica a todas y cada una de las reclamaciones que pueda tener contra la Compañía incluyendo, pero no limitadas a reclamaciones por incumplimiento de contrato, incumplimiento de compromisos, despido injustificado, terminación injusta, información ofrecida por un empleado sobre actividades ilícitas de la empresa ("whistle blowing”), incumplimiento del deber fiduciario, incumplimiento del convenio implícito de buena fe y negocio justo, difamación, denegación ilegal de beneficios, infligir sufrimiento emocional intencional o negligentemente y/o negligencia.[17]

Por su parte, el párrafo 10 del Acuerdo de Separación y Relevo especificaba:

Que usted también acuerda que el pago establecido anteriormente constituye consideración válida, y por lo tanto se considera como una cantidad válida de transacción extrajudicial por cualesquiera reclamaciones que usted tenga contra la compañía afirmadas o no.[18]

Incluso, en los párrafos 12 y 13 del aludido Acuerdo, los apelantes aceptaron lo siguiente: “[u]sted reconoce y acuerda que no llevará demandas o reclamaciones de ninguna naturaleza contra la Compañía por cualquier situación que haya ocurrido hasta la firma de este acuerdo". También se estableció que si los apelantes presentaban cualquier reclamación en contra de la Compañía, cada empleado sería responsable por las costas, gastos y honorarios de abogados razonables que Hershey tuviese que incurrir en su defensa. Además, la firma de los empleados del contrato implicaba que, si estos incumplían con los términos del Acuerdo, la Compañía tendría el derecho de solicitar todos los demás remedios permitidos por ley, incluyendo la devolución del pago por separación de empleo establecido en el Acuerdo, más el pago de los intereses.[19]

De los hechos incontrovertidos sale a relucir que el Exhibit A – el cual se anejó a cada Acuerdo de Separación y Relevo y al cual se hacía referencia expresa en éste - hizo constar la cuantía o compensación monetaria específica que ofrecía Hershey a cada uno de los empleados cesanteados.[20] A su vez, dicho Exhibit especificaba las fechas de contratación y terminación; el salario por hora que devengaba; los años de servicio prestados; la cantidad de semanas específicas que le correspondía según el cálculo de la Ley 80 a la fecha de esa oferta; la cantidad de semanas específicas que le correspondía según la fórmula que se incluyó en la Cláusula F(1)(a) del Plan de Cierre; y la cantidad correspondiente al pago de indemnización ofrecido, especificada en dólares y centavos.[21] Cada uno de los empleados recibió individualmente el documento titulado Exhibit A junto con el Acuerdo de Separación y Relevo, que constituye el Exhibit A al que se refiere la Cláusula 9 del mismo Acuerdo de Separación y Relevo.[22]

Como parte del proceso de cierre, Hershey organizó varias reuniones para los empleados que quedarían cesanteados, para discutir con ellos el Paquete de Beneficios y los Acuerdos de Separación y Relevo, en presencia de abogados del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (“DTRH”).[23] La primera reunión, en presencia de un abogado del DTRH, fue el 21 de septiembre de 2005, a la que asistieron 36 empleados, incluyendo a los empleados, Luz Cuadrado, Luis Sifuentes y Efraín Velázquez.[24] En la reunión en la que participó el abogado del DTRH, de 21 de septiembre de 2005, se explicó que, si no se firmaba el Acuerdo de Separación y Relevo, no se daría el pago ofrecido porque no era una obligación legal de la empresa pagar una mesada.[25] El abogado del DTRH, Lcdo. José Abreu, expresó por escrito que “tuvo la oportunidad de orientar a los trabajadores respecto a los términos de Acuerdos de Separación y Relevo. Todas las inquietudes planteadas les fueron aclaradas”.[26] Posteriormente, el licenciado Abreu, expresó en una carta dirigida al Secretario del Trabajo, que «[1]os trabajadores fueron orientados ampliamente y autorizaron sus Acuerdos de Separación y Relevo con toda la información necesaria. Suscribieron los mismos de la forma más libre y voluntaria posible”.[27] Además, el licenciado Abreu afirmó que la reunión del 21 de septiembre de 2005, cumplió con todos los elementos necesarios para aconsejar la concesión de la autorización y la firma de los acuerdos por parte del Honorable Secretario [del DTRH].[2...

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