Sentencia de Tribunal Apelativo de 06-05-2022, número de resolución KLAN202200026

Fecha de la decisión06 Mayo 2022
PartesFederacion De Oficiales De Custodia Y Trabajadores De Correccion v. Departamento De Correccion Y Rehabilitacion
LEXTA20220506-003 - Federacion De Oficiales De Custodia Y Trabajadores De Correccion v. Departamento De Correccion Y Rehabilitacion

LEXTA20220506-003 - Federacion De Oficiales De Custodia Y Trabajadores De Correccion v. Departamento De Correccion Y Rehabilitacion

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL VII

FEDERACIÓN DE OFICIALES DE CUSTODIA

Y TRABAJADORES DE CORRECCIÓN

Apelante

v.

DEPARTAMENTO DE CORRECCIÓN Y REHABILITACIÓN, Y OTROS

Apelados

KLAN202200026

Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia,

Sala Superior de

San Juan

Civil Número:

SJ2020CV05974

Sobre:

Revisión administrativa

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Ortiz Flores, la Jueza Romero García y el Juez Rivera Torres[1]

Ortiz Flores, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 6 de mayo de 2022.

Mediante un recurso de apelación, el cual acogemos como un recurso de certiorari,[2] comparece el señor Luis G. Renta Ruiz[3] (Sr. Renta; peticionario), quien solicita nuestra intervención para revocar la Sentencia emitida el 17 de noviembre de 2021, notificada al día siguiente, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan (TPI). En el referido dictamen, el foro primario declaró no ha lugar la petición de revisión judicial del Laudo de Arbitraje emitido por la Comisión Apelativa de Servicio Público (CASP), en referencia a los casos consolidados de cuatro funcionarios del Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR; Agencia).

Adelantamos que acordamos expedir el auto de certiorari y revocar parcialmente la determinación judicial impugnada, únicamente en cuanto al Sr. Renta, por falta de jurisdicción sobre la materia.

I

El Sr. Renta ostentó el puesto de Oficial de Servicios Juveniles I, desde el 1 de mayo de 2003 hasta el 22 de junio de 2008. Posteriormente, a partir del 23 de junio de 2008 hasta su destitución el 26 de septiembre de 2018, fungió como Agente de Seguridad y Protección I, en la Agencia. A diferencia del puesto anterior, en este el peticionario estaba autorizado a efectuar arrestos.[4]

Por hechos acontecidos el 26 de enero de 2018 en el Centro de Tratamiento Social de Ponce, el DCR imputó al Sr. Renta y a tres Oficiales de Servicios Juveniles, Edward Maldonado Santiago, Teddy Santiago Martínez y Edgardo Santiago Figueroa,[5] la infracción de varias normas establecidas en la Ley Núm. 8-2017[6] y su reglamentación, como sigue: no observar normas de comportamiento respetuosas en sus relaciones con sus supervisores, compañeros de trabajo y ciudadanos; dejar de realizar eficientemente y con diligencia las tareas y funciones asignadas a su puesto y otras compatibles; observar conducta incorrecta o lesiva al buen nombre de la agencia o al Gobierno de Puerto Rico; incurrir en conducta que impide la aplicación del estatuto y las reglas adoptadas de conformidad con aquel; y, hacer o aceptar, a sabiendas, declaración, certificación o informe falso con relación a cualquier materia cubierta por la Ley Núm. 8-2017.[7]

Del Manual de Políticas, Normas y Procedimientos del Negociado de Instituciones Juveniles,[8] se le atribuyeron las siguientes violaciones:

. . . . . . . .

Todo empleado se conducirá en su empleo de manera tal que el trabajo de oficina se lleve a cabo eficientemente. Deberá observar cortesía y consideración en su trato con la clientela de la agencia, sus compañeros, supervisores y público. […] Los empleados, en toda clase de circunstancias, deberán conducirse de manera ejemplar, con honestidad e integridad y mantener, tanto la apariencia como la realidad, de una conducta honesta, justa e imparcial en el descargo de sus responsabilidades públicas.

. . . . . . . .

Todo empleado cumplirá con lo que se establece en la Sección 6.6 de la Ley para la Administración de los Recursos Humanos del Servicio Público sobre los deberes y obligaciones de los empleados: Observar normas de comportamiento correcto, cortés y respetuoso en sus relaciones con sus supervisores, compañeros de trabajo y ciudadanos y mantener la imagen de la NIJ en el más alto nivel. […] Realizar eficientemente y con diligencias las tareas y funciones asignadas a su puesto y otras compatibles con esta.

. . . . . . . .

El uso de fuerza por parte del personal autorizado y adiestrado para ello se limitará al mínimo necesario, proporcional y razonable para prevenir o controlar situaciones que puedan alterar el orden institucional o colocar e[n] riesgo la seguridad e integridad física de los menores o del personal, prevenir daño significativo a la propiedad que afecte la prestación de servicios, el cumplimiento de normas o ponga en riesgo la seguridad Institucional. Conforme a las directrices y procedimientos aquí establecidos está estrictamente prohibido el imponer castigo corporal a un menor, el uso de cualquier tipo de fuerza para castigar o cualquier medida de represión que sea innecesaria, excesiva e injustificada.

. . . . . . . .

Se prohíbe imponer castigo corporal, así como el uso de cualquier tipo de fuerza para castigar o como medida de represión que sea innecesaria, excesiva o injustificada contra un menor. Se justifica el uso de restricciones física[s] cuando se han agotado los mecanismos y métodos de intervención que no involucran el uso de contacto físico sin resultado alguno, para prevenir o cuando ocurra una de las siguientes circunstancias: 1. Medida justificada de defensa personal, 2. Proteger la integridad física del menor o de terceras personas, 3. Prevenir o controlar una situación extrema y crítica tal como un disturbio, motín, pelea, toma de rehenes, 4. Controlar o sujetar a un menor que se encuentra fuera de control, agresivo o violento, y constituye un riesgo inminente para sí mismo o para terceras personas.

. . . . . . . .

(Énfasis nuestro.)

En cuanto al Manual para la Aplicación de Medidas Correctivas y Disciplinarias a los Empleados del Departamento de Corrección y Rehabilitación,[9] se imputó al peticionario lo siguiente:

. . . . . . . .

Declarar falsamente o inducir a otra persona a prestar testimonio falso ante un notario, oficial investigador, oficial examinador o ante cualquier organismo judicial, cuasi judicial o administrativo.

. . . . . . . .

Incurrir en omisiones o actuaciones que constituyan un riesgo o peligro para la vida y seguridad de los miembros de la población correccional, menores transgresores, empleados y público en general, o que resulten incompatibles con las funciones y deberes del puesto del oficial correccional o de servicios juveniles.

. . . . . . . .

Incurrir en actos de agresión a miembros de la población correccional, menores transgresores, salvo que exista riesgo y peligro real de evasión, motines, disturbios o circunstancias extraordinarias a fin de garantizar la protección de la vida y seguridad individual e institucional y siempre y cuando el uso de la fuerza sea proporcional a la situación que se intenta atender.

. . . . . . . .

(Énfasis nuestro.)

Luego de la notificación de las alegadas violaciones y la celebración de la vista administrativa informal, la autoridad nominadora acogió los hechos imputados. Se afirmó que el Sr. Renta incurrió en uso excesivo de la fuerza y maltrato contra los menores RRP y PJOR.” (Énfasis nuestro.) Además, se aseveró que el peticionario mintió en la investigación y en la vista administrativa al reafirmarse en su declaración y negar haber agredido” a los aludidos menores.[10] (Énfasis nuestro.) En consecuencia, el 26 de septiembre de 2018, el DCR notificó al peticionario la destitución de su puesto de carrera como Agente de Seguridad y Protección I. La comunicación escrita advirtió al Sr. Renta de apelar la decisión ante la Comisión de Investigación, Procesamiento y Apelación (CIPA).

Así las cosas, representados por la Federación de Oficiales de Custodia y Trabajadores de Corrección (Unión), el 3 de octubre de 2018, los tres Oficiales de Servicios Juveniles y el Sr. Renta apelaron la destitución ante la CASP. Las cuatro apelaciones fueron consolidadas por la CASP. El acuerdo de sumisión se circunscribió a que el Árbitro determinaría si la Agencia actuó o no conforme a derecho al destituir a los empleados de carrera; y, en la afirmativa, que desestimara las apelaciones.

Luego de acontecer varios trámites innecesarios de pormenorizar, el Árbitro Andrés Feliciano Morales consignó las siguientes determinaciones fácticas:[11]

1. Al 28 de enero de 2018 (fecha de los hechos), los querellantes: Edward Maldonado Santiago, Teddy Santana Martínez y Edgardo Santiago Figueroa, ocupaban un puesto de Oficial de Servicios Juveniles I, en el Centro de Tratamiento Social de Ponce. El señor Luis Rentas Ruiz, ocupaba un puesto de Agente de Seguridad y Protección en la misma localidad.

2. El 26 de enero de 2018, en horas de la tarde (1:38 p.m. en adelante), se suscitó una pelea entre algunos menores del Centro de Tratamiento de Ponce, que se encontraban jugando baloncesto en la cancha bajo techo que forma parte de lugar.

3. En dicha pelea, intervinieron los Querellantes de epígrafe, en función de sus puestos.

4. El 1 de marzo de 2018, el Sr. Roberto Rivera Sánchez, agente investigador I de la OISC, Ponce, sometió el informe de Investigación Administrativa: 18-008 NIJ; Tipo de Incidente: Alegado Maltrato y/o Negligencia contra los Menores [PJOR, RRP y VABP]; Fecha del Incidente: 26 de enero de 2018: Institución de Procedencia: Centro de Tratamiento Social de Ponce. Lo anterior, al [S]ecretario del Departamento de Corrección y Rehabilitación.

5. El 16 de abril de 2018, el Lcdo. Eduardo J. Rivera Juanatey, entonces director de Oficina de Asuntos Legales del DCR, solicitó ante el Gerente de la Oficina de Investigaciones del Sistema Correccional (OISC) y el Secretario del DCR, la ampliación de la investigación rendida.

6. El 19 de abril de 2018, el Sr. Roberto Rivera Sánchez, agente investigador I de la OISC, Ponce, sometió el...

Para continuar leyendo

Comienza Gratis

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR