Sentencia de Tribunal Apelativo de 10-01-2022, número de resolución KLAN202000581 CONSOLIDADO CON KLAN202000583

Fecha de la decisión10 Enero 2022
PartesLilliam Maldonado Cordero v. Bellas Artes De Caguas Corp. Y Otros Demandada-
LEXTA20220110-003 - Lilliam Maldonado Cordero v. Bellas Artes De Caguas Corp. Y Otros Demandada-

LEXTA20220110-003 - Lilliam Maldonado Cordero v. Bellas Artes De Caguas Corp. Y Otros Demandada-

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL ESPECIAL

LILLIAM MALDONADO CORDERO Y OTROS

Demandante-Apelados

v.

BELLAS ARTES DE CAGUAS CORP. Y OTROS

Demandada-Apelantes

LILLIAM MALDONADO CORDERO Y OTROS

Demandante-Apelantes

v.

BELLAS ARTES DE CAGUAS, CORP. Y OTROS

Demandada-Apelados

KLAN202000581

CONSOLIDADO CON

KLAN202000583

Apelación

procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de

Caguas

Caso Núm.

CG2018CV02201

Sobre:

Daños y Perjuicios, Incumplimiento de Contrato

Panel integrado por su presidenta, la Juez Brignoni Mártir, la Juez Grana Martínez y el Juez Ronda Del Toro[1]

Ronda Del Toro, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 10 de enero de 2022.

El 12 de agosto de 2020, compareció ante nos Lilliam Maldonado Cordero, por si y en representación de Zumo Creativo, Corp. [en adelante, “señora Maldonado”] mediante una Apelación. Solicitó que revoquemos una Sentencia Parcial emitida por el Tribunal de Primera Instancia [TPI], Sala de Caguas, el 23 de junio de 2020. En la misma, el TPI declaró Ha Lugar la Moción de Sentencia Sumaria presentada por Universal Insurance Company [en adelante “Universal”] y desestimó las reclamaciones instadas contra Universal.

Por otro lado, el 12 de agosto de 2020, en un caso aparte, compareció ante nos Centro de Bellas Artes de Caguas, Corp. [en adelante, “COBAC”] mediante Apelación Civil. Al igual que la señora Maldonado, solicitó que revoquemos la Sentencia Parcial emitida por el TPI. Consecuentemente, el 11 de septiembre de 2020, se ordenó la consolidación del caso KLAN202000583 con el KLAN202000581 conforme con la Regla 80.1 del Reglamento del Tribunal de Apelaciones. 4 LPRA Ap. XXII-B.

Por los fundamentos que exponemos a continuación, confirmamos la sentencia recurrida. A continuación, exponemos los hechos que informan esta causa.

I.

El 19 de septiembre de 2018, la señora Maldonado presentó una demanda sobre daños y perjuicios e incumplimiento de contrato contra COBAC y el Municipio Autónomo de Caguas [en adelante, MAC].[2] Posteriormente, se enmendó la demanda para añadir a Universal como aseguradora de COBAC. En la demanda la señora Maldonado expresó que desde 2004 es inquilina de COBAC en un espacio comercial destinado a oficinas profesionales. De igual forma, alegó que desde tres años previos a la demanda el espacio alquilado ha sufrido problemas de humedad y hongo, por lo que no se ha podido hacer pleno uso de las oficinas. Por otro lado, alegó que COBAC incumplió con el contrato de arrendamiento al no proveer un mantenimiento adecuado a las instalaciones. En adición, la señora Maldonado adujó que en el edificio había una grieta estructural, lo que provocó que ante el paso del Huracán María entrara agua desde el techo hasta donde ubican las oficinas en el primer piso. La señora Maldonado alegó que, a raíz de lo anterior, sus oficinas sufrieron serios daños.

Por otro lado, el 24 de enero de 2019, Universal presentó una Moción de Sentencia Sumaria en la cual adujó lo siguiente: 1. Que la póliza no incluye a Zumo Creativo como asegurado adicional; 2. Que la póliza no cubre daños relacionados al incumplimiento de contrato del asegurado; 3. Que los alegados daños están basados en hechos previos al paso del Huracán María. No obstante, retiro voluntariamente la moción para dar paso al descubrimiento de prueba.[3]

Tras varios tramites procesales, tanto COBAC como el MAC contestaron la demanda.[4] COBAC alegó que es una entidad jurídica sin fines de lucro creada por MAC al amparo de la Ley de Municipios Autónomos. Por otra parte, COBAC arguyó que el origen de los problemas de humedad se originó en las paredes instaladas por Zumo Creativo, por lo que cualquier daño es atribuible a la arrendataria y fueron autoinfligidos. Además, alegó que los daños no eran atribuibles a COBAC ya que fueron productos de un acto de Dios, el Huracán María. La señora Maldonado desistió de su reclamación con respecto a MAC.

El 28 de agosto de 2019, COBAC radicó una demanda contra coparte mediante la cual solicitó al TPI que ordene a Universal a dar cubierta y proceda a pagar cualquier cantidad de dinero que se deba pagar a la señora Maldonado por los daños reclamados y que cubra los costos en los que incurra COBAC por los servicios legales a causa de la negativa de Universal a brindar cubierta.[5]

Universal contestó la demanda contra coparte negando su responsabilidad y volvió a presentar su moción de sentencia sumaria.[6] El 18 de octubre de 2019, COBAC se opuso a la moción de sentencia sumaria presentada por Universal. Argumentó que: 1. Universal no cumplió con los requisitos de la Regla 36 de procedimiento civil, 2. que existen múltiples hechos materiales en controversia, 3. que se basó en la interpretación unilateral de la póliza sin apoyo de un experto en la materia, 4. que Universal solo se basa en la interpretación de cláusulas aleatoria sin ver la intención detrás del lenguaje, 5. que no considera que se investigó las reclamaciones con dos ajustadores independientes, 6. que no se consideró que el Código de Seguros obliga a la aseguradora a actuar con diligencia dentro de 90 días luego de notificada la reclamación, 7. que Universal se negó a ofrecer una explicación razonable para negar la cubierta.[7] Por otro lado, la señora Maldonado radicó su propia moción de sentencia sumaria contra Universal.[8]

El 23 de junio de 2020, el TPI dictó una sentencia sumaria parcial mediante la cual desestimó las reclamaciones con respecto a Universal.[9] Los hechos no controvertidos que el TPI omitió enumerar como corresponde, pero que surgen de la argumentación de la sentencia son los siguientes:

1. La co-demandante Zumo Creativo, Corp. ("Zumo"), y la co-demandada Bellas Artes de Caguas, Corp. ("BAC") suscribieron un contrato de arrendamiento mediante el cual BAC alquiló a Zumo un local comercial sito en el edificio conocido como el Centro de Bellas Artes de Caguas. El referido edificio le pertenece al Municipio Autónomo de Caguas, quien mediante contrato le cedió su administración a BAC.

2. Como consecuencia de una grieta estructural preexistente en el techo superior del edificio del Centro de Bellas Artes de Caguas, de la cual tenía conocimiento BAC como arrendadora, y que negligentemente no tomó medidas para repararlas, entró una gran cantidad de agua de lluvia durante el paso del Huracán María.

3. Que el agua de lluvia que entró por la grieta estructural causó grandes daños al local alquilado por Zumo, así como al mobiliario y pertenencias que había en el mismo.

4. Que durante los 3 años previos al Huracán María en repetidas ocasiones le notificaron a la arrendadora BAC que el local arrendado padecía de hongo y humedad constante.

5. Que en vez de mitigar y corregir con celeridad los problemas que presentaba el edificio BAC mantuvo a los demandantes en un compás de espera de 4 meses y medio.

6. Universal Insurance Company (¨Universal¨) expidió una póliza de seguros a favor de BAC.

7. La póliza expedida por Universal, a favor de BAC, es una póliza de responsabilidad general comercial.

8. En la póliza no figuran como asegurados Zumo ni Maldonado.

9. La póliza no asegura el contenido del espacio arrendado por Zumo.

10. La póliza excluye de su cubierta daños a la propiedad como resultado de un incumplimiento contractual.

11. La póliza excluye daños físicos, daños a la propiedad y daños personales causados por hongos y bacterias.

Insatisfechos, tanto la señora Maldonado como COBAC solicitaron reconsideración de la sentencia parcial.[10] El 10 de julio de 2020, el TPI las declaró No Ha Lugar.

Inconformes, el 12 de agosto de 2020, COBAC y la señora Maldonado presentaron ante nos dos apelaciones independientes, las cuales fueron consolidadas en el presente caso. En la apelación de COBAC se señalaron los siguientes errores:

Erró y abusó de su discreción el Tribunal de Primera Instancia al desestimar las acciones contra Universal privando así a las partes del debido proceso de ley y de su día en corte.

Erró y abusó de su discreción el Tribunal de Primera Instancia al dictar sentencia sumaria a pesar de existir múltiples hechos materiales en controversia.

Erró y abusó de su discreción el Tribunal de Primera Instancia al darle entera credibilidad a la interpretación “self-serving” de Universal de los términos, clausulas y exclusiones de la póliza de seguros.

Erró y abusó de su discreción el Tribunal de Primera Instancia al interpretar que la póliza no provee defensa y cubierta a COBAC ante los reclamos de las partes demandantes.

Erró y abusó de su discreción el Tribunal de Primera Instancia al interpretar que la póliza no obliga a Universal a proveer defensa a COBAC o a reembolsar sus gastos legales.

Por otra parte, en la apelación presentada por la señora Maldonado se señalaron los siguientes errores:

Erró el Honorable Tribunal de Primera Instancia al determinar que procedía la sentencia sumaria parcial presentada por la codemandada Universal Insurance, por el fundamento de que las reclamaciones de la parte demandante/apelante eran de naturaleza contractual no cubiertas por la póliza de COBAC y que en todo caso la negligencia que provocó daños es incumplimiento del deber del arrendador de permitir el goce de la propiedad arrendada.

Erró el Honorable Tribunal de Primera Instancia al abusar de su discreción e interpretar erróneamente la letra clara del contrato de seguros, en contravención a la voluntad pactada entre las partes.

Erró el Honorable Tribunal de Primera Instancia al adjudicar la sentencia sumaria parcial presentada a destiempo por universal, tomando solo la posición de la aseguradora, sin siquiera...

Para continuar leyendo

Comienza Gratis

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR