Sentencia de Tribunal Apelativo de 26-09-2022, número de resolución KLRA202200387 CONS. KLRA202200427
| Fecha de la decisión | 26 Septiembre 2022 |
| Partes | William Ortiz Perez v. Automobilia Corp. Popular Auto |
LEXTA20220926-023 - William Ortiz Perez v. Automobilia Corp. Popular Auto
Estado Libre Asociado de Puerto Rico
TRIBUNAL DE APELACIONES
PANEL IX
|
William Ortiz Pérez
Recurrido
vs.
Automobilia Corp. Popular Auto, LLC División Legal/Clave 745; Compañía de Fianza ABC
Recurrentes
|
KLRA202200387 CONS. KLRA202200427
|
REVISIÓN ADMINISTRATIVA procedente del Depto. de Asuntos del Consumidor
Querella Núm.: CAG-2022-0003043
Sobre: Compra Venta de Vehículos de Motor |
Panel integrado por su presidente, el Juez Rivera Colón, el Juez Ronda del Toro y la Jueza Díaz Rivera.
Rivera Colón, Juez Ponente
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 26 de septiembre de 2022.
Comparece ante nos, Automobilia Corp. (Automobilia), quien presenta recurso de revisión administrativa KLRA202200387, en el que solicita la revocación de la “Resolución” emitida el 15 de junio de 2022 y notificada en igual fecha, por el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACo). Posteriormente, Popular Auto, LLC (Popular Auto) (en conjunto, parte recurrente) presentó la revisión administrativa KLRA202200427 cuestionando la misma “Resolución”. En lo pertinente, el DACo declaró Ha Lugar la reclamación presentada por el señor William Ortiz Pérez (Sr. Ortiz Pérez o parte recurrida), y decretó la resolución y/o nulidad del contrato de compraventa. Asimismo, prohibió realizar cualquier gestión de cobro contra la parte recurrida o perjudicar su historial crediticio por mensualidades vencidas. Además, determinó que la parte recurrente es solidariamente responsable de devolverle al Sr. Ortiz Pérez todas las mensualidades pagadas, el principal, intereses, más los intereses por incumplimiento. Finalmente, ordenó a la parte recurrente a satisfacer la cantidad de $8,499.00, cantidad que la parte recurrida pagó en concepto de pronto y document fee.
Examinada la solicitud de autos, la totalidad del expediente y el estado de derecho aplicable ante nuestra consideración, confirmamos el dictamen mediante los fundamentos que expondremos a continuación.
I.
El 14 de febrero de 2022, el Sr. Ortiz Pérez presentó una “Querella” ante el DACo contra la parte recurrente y, en esencia, alegó que, tras la adquisición de un vehículo de motor usado, no se registró dicho vehículo a su nombre, a pesar de haberlo solicitado en múltiples ocasiones. Arguyó que, ante esta situación, se le ofreció un nuevo vehículo, al cual no se le acreditaría el pronto pagado. La parte recurrida no aceptó tal solicitud, y en cambio, solicitó que le inscribieran el vehículo a su nombre, o en la alternativa, que se aplicase al nuevo vehículo la totalidad de lo pagado, incluyendo el pronto. Además, adujo que, el 3 de febrero de 2022, se le informó que había surgido un problema con la documentación de la registración del vehículo, por lo que no se la podían entregar.
Posteriormente, el 12 de abril de 2022, Automobilia presentó una “Contestación a la Querella” en la que negó las alegaciones de la parte recurrida y, como defensa afirmativa, levantó que la controversia se había tornado académica. En igual fecha, presentó una “Moción Informativa y en Solicitud de Cierre y Archivo por Academicidad” mediante la cual argumentó que la “Querella” se había tornado académica, ya que se había logrado la inscripción y registro del vehículo a nombre del Sr. Ortiz Pérez.
El 15 de junio de 2022,[1] el DACo emitió una “Resolución” mediante la cual declaró Ha Lugar la reclamación presentada por la parte recurrida, y decretó la resolución y/o nulidad del contrato de compraventa. Asimismo, prohibió realizar cualquier gestión de cobro contra la parte recurrida o perjudicar su historial crediticio por mensualidades vencidas. Además, determinó que, la parte recurrente es solidariamente responsable de devolverle al Sr. Ortiz Pérez todas las mensualidades pagadas, el principal, intereses, más los intereses por incumplimiento. Finalmente, ordenó a la parte recurrente a satisfacer la cantidad de $8,499.00, cuantía que la parte recurrida pagó en concepto de pronto y document fee. Según consta en la propia “Resolución”, tras evaluar la prueba documental y testifical, el DACo realizó las siguientes determinaciones de hecho, las cuales se hacen formar parte de esta sentencia:
El 22 de septiembre de 2020, el Querellante adquirió de Automobilia, un vehículo de motor usado, marca Toyota, modelo Rav4 LE, del año 2017, con número de serie 2T3ZFREVXHWS67011.
El precio de venta del Vehículo fue de veinticuatro mil novecientos noventa y cinco mil dólares ($24,995.00). El Querellante pagó un pronto a Automobilia, por la cantidad de ocho mil dólares ($8,000.00), y financió la cantidad de dieciséis mil cuatrocientos noventa y seis dólares ($16,496.00), mediante un Contrato de Venta al Por Menor A Plazos con Popular Auto.
Además del precio de venta el Querellante pagó a Automobilia la cantidad de cuatrocientos noventa y nueve dólares ($499.00) por concepto de “document fee”. La Regla 20, del Reglamento 9158 sobre Prácticas Comerciales prohíbe esta conducta y establece que en el caso de los vehículos de motor usados, el concesionario no podrá cobrar cuantía alguna por concepto de traspaso o gestión relacionados al mismo.
De septiembre 2020 a enero de 2022 (quince pagos), el Querellante realizó todos los pagos correspondientes a las mensualidades del Vehículo, conforme lo suscrito en el Contrato de Venta al Por Menor a Plazos con Popular Auto. La totalidad de los pagos realizados por el Querellante ascienden a siete mil cincuenta y ocho dólares con setenta y cinco centavos ($7,058.75).
Ni Automobília ni Popular Auto presentaron en el término de 30 días toda la documentación exigida por ley para la inscripción del Vehículo a nombre del Querellante, ante el Departamento de Transportación y Obras Públicas (en lo sucesivo "DTOP").
El Querellante le requirió en múltiples ocasiones a los co-querellados que cumplieran con su obligación de someter la documentación exigida por el DTOP para la inscripción del Vehículo a su nombre.
El 3 de febrero de 2022 el Querellante se persono nuevamente al concesionario de Automobilia para reclamarle y solicitarle que completaran la inscripción del Vehículo a su nombre. Automobilia informó al Querellante que el Vehículo tenía problemas con la documentación y no se podía registrar a su nombre.
Ante esta situación, Automobilia le ofreció al Querellante un nuevo vehículo, pero le informaron que no le acreditarían el pronto pagado. El Querellante no lo aceptó y le solicitó que le inscribieran el Vehículo o que en la nueva compraventa se aplicare la totalidad pagada incluyendo el pronto.
El Querellante realizó gestiones de corroboración con Popular Auto y su personal le informó que, en efecto para la fecha del 3 de febrero de 2022 no contaban con la documentación completa para la registración del Vehículo.
El 14 de febrero de 2022, el Querellante presentó Querella ante este Departamento en la que alegó, que Automobilia y Popular Auto, no habían registrado debidamente el Vehículo a su nombre, a pesar de que éste lo había requerido en múltiples ocasiones. El Querellante solicitó como remedio la resolución del contrato y devolución del dinero pagado.
Estando pendiente el caso a vista administrativa, el 10 de marzo de 2022, el Querellante, de manera voluntaria, cedió el Vehículo a Popular Auto. La cesión realizada por el Querellante fue motivada por la falta de registración del Vehículo a su nombre.
Al momento de la cesión, el Vehículo no se encontraba registrado a nombre del Querellante, el Vehículo continuaba registrado a nombre de un tercero de nombre Elsa Mercedes Abreu García. Al momento de la cesión el Vehículo no le pertenecía registralmente al Querellante.
En ningún momento, Automobilia o Popular Auto notificó al Querellante de gestión alguna conducente a la registración del Vehículo, ni siquiera en el momento que el Querellado cedió el Vehículo a Popular Auto.
Automobilia y Popular Auto, no transfirieron la titularidad del Vehículo a nombre del Querellante, a pesar de haber tenido diecinueve (19) meses para realizarlo.
Luego de diecinueve (19) meses, el 29 de marzo de 2022, Popular Auto registró ante el Departamento de Transportación y Obras Públicas el Vehículo a nombre del Querellante. Para la fecha en que Popular Auto registro el Vehículo, se encontraba bajo su posesión y no del Querellante.
La inscripción del Vehículo por parte de Popular Auto, fue realizada luego de radicada la Querella en autos y cinco (5) días antes de la vista administrativa.
Durante los diecinueve (19) meses que el Querellante tuvo posesión del Vehículo, nunca estuvo inscrito a su nombre. El Querellante fue privado de la titularidad registral del Vehículo que adquirió.
Del expediente administrativo no surge moción alguna informando a este Departamento sobre la registración del Vehículo, previo a la celebración de la vista administrativa.
Insatisfecha con el referido dictamen, el 24 de junio de 2022, Automobilia presentó una “Solicitud de Relevo de Resolución” y, en lo pertinente, expuso que, todos los documentos remitidos por el Sr. Ortiz Pérez y el DACo fueron notificados a la dirección errónea. Señaló que, la dirección que obra en el expediente administrativo es la siguiente: Automobilia Corp. 20 T-51, Urb. Extensión Caguax, Caguas, PR 00725. Aseveró que, dicha dirección es incorrecta, razón por la cual Automobilia nunca fue notificada de la “Querella”, privándosele de una notificación oportuna y de la oportunidad de presentar prueba a su favor. Por esta razón, solicitó el relevo de la “Resolución”, y la desestimación de la “Querella”.
El 28 de junio de 2022,[2] el DACo emitió una “Notificación” en la cual declaró No Ha Lugar la “Solicitud de Relevo de Resolución” presentada por Automobilia. Razonó que, tanto del expediente administrativo como del...
Para continuar leyendo
Comienza GratisAccede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.