Sentencia de Tribunal Apelativo de 27-06-2023, número de resolución KLAN202200055 consolidado con KLAN202200057

Fecha de la decisión27 Junio 2023
PartesAnibal Padilla Velez - v. ELA De PR O John Doe Y Su Aseguradora Jane Doe
LEXTA20230627-001 - Anibal Padilla Velez - v. ELA De PR O John Doe Y Su Aseguradora Jane Doe

LEXTA20230627-001 - Anibal Padilla Velez - v. ELA De PR O John Doe Y Su Aseguradora Jane Doe

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL ESPECIAL

ANÍBAL PADILLA VÉLEZ

Demandante-Apelado

v.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO O JOHN DOE Y SU ASEGURADORA JANE DOE; AUTORIDAD DE CARRETERAS Y TRANSPORTACIÓN DE PUERTO RICO O ANNIE DOE Y SU ASEGURADORA ANNIE DOE; DEPARTAMENTO DE TRANSPORTACIÓN Y OBRAS PÚBLICAS O ROBERT DOE Y SU ASEGURADORA ALICE DOE; AUTORIDAD DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS DE PUERTO RICO O JENNIE DOE Y SU ASEGURADORA TRIPLE S PROPIEDAD O MARY DOE; MUNICIPIO AUTÓNOMO DE CABO ROJO O BOB INSURANCE COMPANY O BETSY DOE; DEMANDADOS DESCONOCIDOS FULANO Y MENGANO DE TAL Y SUS COMPAÑÍAS ASEGURADORAS X y Y respectivamente

Demandados

Apelante AAA y TSP

ISRAEL ÁLVAREZ PÉREZ, JOSÉ ANTONIO PABÓN SEDA y su esposa MARIANA PADILLA VÉLEZ, en representación de su hijo menor de edad, JULIÁN EMANUEL ALBERTO PABÓN PADILLA y JULIÁN EMANUEL ALBERTO PABÓN PADILLA; MIGUEL ÁNGEL RIVERA RIVERA y su ESPOSA EVELIN

MARTÍNEZ MALDONADO también conocida por EVELIN MARTÍNEZ, en representación como sus custodios legales de los menores de edad, JULIANA MICHELLE LUCIANO ÁLVAREZ, JULITZA LUCIANO ÁLVAREZ, JULYSBETH THALI LUCIANO ÁLVAREZ

Demandante-Apelantes

v.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO O JOHN DOE Y SU ASEGURADORA JANE DOE; AUTORIDAD DE CARRETERAS Y TRANSPORTACIÓN DE PUERTO RICO O ANNIE DOE Y SU ASEGURADORA ANNIE DOE; DEPARTAMENTO DE TRANSPORTACIÓN Y OBRAS PÚBLICAS O ROBERT DOE Y SU ASEGURADORA ALICE DOE; AUTORIDAD DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS DE PUERTO RICO O JENNIE DOE Y SU ASEGURADORA TRIPLE S PROPIEDAD O MARY DOE; MUNICIPIO AUTÓNOMO DE CABO ROJO O BOB INSURANCE COMPANY O BETSY DOE; DEMANDADOS DESCONOCIDOS FULANO Y MENGANO DE TAL Y SUS COMPAÑÍAS ASEGURADORAS X y Y respectivamente

Demandados

Apelados AAA y TSP

JESÚS PADILLA VÉLEZ (QEPD) sustituido por sus herederos ABDY LIEN PADILLA RODRÍGUEZ, MAYRA YADIRA PADILLA RODRÍGUEZ, ANA MARÍA PADILLA RODRÍGUEZ Y ABDY INÉS como viuda de JESÚS PADILLA VÉLEZ

Demandante-Apelados

v.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO O JOHN DOE Y SU ASEGURADORA JANE DOE; AUTORIDAD DE CARRETERAS Y TRANSPORTACIÓN DE PUERTO RICO O ANNIE DOE Y SU ASEGURADORA ANNIE DOE; DEPARTAMENTO DE TRANSPORTACIÓN Y OBRAS PÚBLICAS O ROBERT DOE Y SU ASEGURADORA ALICE DOE; AUTORIDAD DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS DE PUERTO RICO O JENNIE DOE Y SU ASEGURADORA TRIPLE S PROPIEDAD O MARY DOE; MUNICIPIO AUTÓNOMO DE CABO ROJO O BOB INSURANCE COMPANY O BETSY DOE; DEMANDADOS DESCONOCIDOS FULANO Y MENGANO DE TAL Y SUS COMPAÑÍAS ASEGURADORAS X y Y respectivamente

Demandados

Apelante AAA y TSP

KLAN202200055

consolidado con

KLAN202200057

Apelación

procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de

Mayagüez

Caso Núm.

ISCI201001599

Sobre:

Daños y Perjuicios

Caso Núm.

ISCI201001600

Sobre:

Accidente de Vehículo de Motor

Caso Núm.

ISCI201001805

Sobre:

Accidente de Vehículo de Motor

Panel integrado por su presidenta la Jueza Grana Martínez, el Juez Adames Soto y la Jueza Díaz Rivera[1].

Díaz Rivera, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 27 de junio de 2023.

Comparece el Sr. José Antonio Pabón Seda y su esposa, la Sra. Mariana Padilla Vélez, ambos en representación de su hijo menor de edad Julián Emanuel Alberto Pabón Padilla y el Sr. Miguel Ángel Rivera y su esposa, Evelin Martínez Maldonado t/c/p/ Evelyn Martinez, en representación y como custodios legales de las menores de edad Juliana Michelle, Julitza y Julysbeth Thali Luciano Álvarez (Sr. José Antonio Pabón Seda y otros), apelantes del recurso KLAN202200055 y la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA) y su aseguradora, Triple S-Propiedad, Inc., (Triple S-Propiedad), apelantes del recurso KLAN202200057, y nos solicitan que revoquemos la Sentencia emitida el 11 de junio de 2020, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Mayagüez.[2] Mediante dicho dictamen, el Tribunal de Primera Instancia le adjudicó responsabilidad total a la AAA y a Triple S-Propiedad, por los daños y perjuicios sufridos por los Sres. Aníbal Padilla Vélez, Israel Álvarez Pérez y Jesús Padilla Vélez, a raíz de un accidente de tránsito ocurrido el 20 de noviembre de 2009, en el Municipio de Cabo Rojo (Municipio). En dicho accidente, falleció la Sra. Sherline Álvarez Pabón; mientras que el Sr. Aníbal Padilla Vélez, conductor del vehículo en el que viajaba la fallecida, sufrió daños físicos severos que fueron ocasionados por la exclusiva negligencia de la AAA. El foro primario resolvió que la existencia de un salidero de agua ocasionó que se formara un cráter en la carretera, del cual la AAA tenía pleno conocimiento sobre la existencia del mismo, producido por la rotura de una tubería de su propiedad, a pesar de que se presentaron varias querellas al respecto, antes de que ocurriese el accidente vehicular.

En cuanto a la reclamación presentada por los representantes de los hijos biológicos de la fallecida, el Tribunal de Primera Instancia la denegó la Demanda en el caso ISCI2O100l600. Ante ello, éstos incoaron una Solicitud de Reconsideración de la referida Sentencia. De igual modo, la AAA y Triple S-Propiedad presentaron una Moción para Enmendar o Hacer Determinaciones de Hechos Iniciales o Adicionales y Reconsideración. No obstante, ambas mociones fueron denegadas el 29 de septiembre y 18 de diciembre de 2020, respectivamente.[3]

Por las razones que exponemos a continuación, confirmamos la Sentencia apelada y se modifica la cuantía de los daños a $150,000.00.

I

Según surge de los expedientes de los casos consolidados ante nuestra consideración, el 20 de noviembre de 2009, como a las 12:45 a.m., ocurrió un accidente automovilístico en la Carr. 103, kms. 8.3 y 8.4, en el Municipio de Cabo Rojo (Municipio), entre el vehículo marca KIA, modelo Spectra del año 2001, con tablilla ELY-353, cuyo dueño y conductor lo era el Sr. Aníbal Padilla Vélez y el vehículo marca Mitsubishi, modelo Endeavor, con tablilla GWR- 428, cuyo dueño y conductor lo era el Sr. Josué Matos Camacho.[4]

Como consecuencia del accidente, falleció en el acto, la Sra. Sherline Álvarez Pabón, de 26 años, quien viajaba como pasajera en el vehículo conducido por el Sr. Aníbal Padilla Vélez.[5] Debido al accidente, el Sr. Aníbal Padilla Vélez, sufrió daños físicos severos, quedando con un 25% de incapacidad física.[6] La Carr. 103, está bajo la jurisdicción del Estado Libre Asociado de Puerto Rico (ELA), pero para la fecha del accidente, existía un Convenio para la Conservación y Mantenimiento con el Municipio. El control de dicha carretera permanecía sobre el ELA.[7]

Julysbeth Thali (nacida el 1ro de septiembre de 2000); Julitza (nacida el 27 de noviembre de 1997) y Juliana Michelle (nacida el 20 de mayo de 1996), todas de apellidos Luciano Álvarez, eran hijas biológicas de la Sra. Sherline Álvarez Pabón. No obstante, por el mejor bienestar, interés, salud y seguridad de las menores, el 7 de abril de 2003, la Sala de Relaciones de Familia de Mayagüez, emitió una Sentencia en el caso Civil Núm. I MM2002-0079, mediante la cual, les concedió la custodia legal permanente de las menores mencionadas, al Sr. Miguel Ángel Rivera y a la Sra. Evelin Martínez Maldonado, también conocida como Evelyn Martínez.[8] Mientras, el menor Julián Emanuel Alberto Pabón Padilla (nacido el 3 de julio de 2004) e hijo biológico de la Sra. Sherline Álvarez Pabón, fue adoptado por el Sr. José Antonio Pabón Sosa y la Sra. Mariana Padilla Vélez, el 19 de diciembre de 2011, según surge de la Sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Mayagüez, en el caso I SRF2010-01408.[9]

Así las cosas, los Sres. Aníbal Padilla Vélez, conductor de uno de los vehículos involucrados en el accidente; Israel Álvarez Pérez, padre de la Sra. Sherline Álvarez Pabón, fallecida en el accidente y Jesús Padilla Vélez, hermano del Sr. Aníbal Padilla Vélez, presentaron una Demanda sobre Daños y Perjuicios en los casos: I SCI2010-01600, I SC2010-01599 e I SCI2010-1805, respectivamente, - los cuales posteriormente fueron consolidadas - en contra del ELA; la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT); el Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP); la AA; el Municipio (Municipio); Triple S-Propiedad, aseguradora de la AAA; Admiral Insurance Company, aseguradora del Municipio y de varios demandados desconocidos. En esencia, los demandantes reclamaron la compensación de los daños y perjuicios sufridos debido al accidente automovilístico ocurrido el 20 de noviembre de 2009, en la jurisdicción de Cabo Rojo. Así las cosas, todos los demandados fueron emplazados y presentaron sus respectivas Contestaciones a las Demandas y afirmaron varias defensas a su favor. Tras varios trámites procesales, los procedimientos continuaron únicamente en contra del ELA, la AAA y Triple-S-Propiedad.

En tanto, el 18 de mayo de 2015, el Sr. Israel Álvarez Pérez, presentó una Demanda Enmendada para acumular como parte demandantes, a los menores de edad e hijos biológicos de la Sra. Sherline Álvarez Pabón.[10] Por su parte, el 10 de junio de 2015, la AAA y Triple S-Propiedad instaron su Contestación a Demanda Enmendada. En la misma, formularon varias alegaciones y adoptaron e incorporaron todas las aseveraciones de la Contestación a la Demanda original y la Reconvención que presentaron en contra del Sr. Aníbal Padilla Vélez, junto con...

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