Sentencia de Tribunal Apelativo de 29-02-2024, número de resolución KLAN202301040
| Fecha de la decisión | 29 Febrero 2024 |
| Partes | v. Richard Machado Ortiz Ex Parte |
LEXTA20240229-007 - v. Richard Machado Ortiz Ex Parte
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
TRIBUNAL DE APELACIONES
PANEL III-ESPECIAL
|
RICHARD MACHADO ORTIZ
EX PARTE
|
KLAN202301040 |
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Relaciones de Familia y Menores de Bayamón
Civil Núm.: BY2022RF01812
Sobre: Petición de Incapacidad y Designación de Tutor
|
Panel integrado por su presidente, el juez Figueroa Cabán, el juez Bonilla Ortiz y la jueza Mateu Meléndez
Figueroa Cabán, Juez Ponente
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico a 29 de febrero de 2024.
Comparece el señor Richard Machado Ortiz, en adelante el peticionario o el señor Machado Ortiz, quien nos solicita que revoquemos la Sentencia emitida el 4 de octubre de 2023. Mediante la misma, el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Relaciones de Familia y Menores de Bayamón, en adelante TPI, desestimó la petición de incapacidad, en adelante la Petición, presentada por el peticionario a favor de su padre, el señor Richard Machado González, en adelante el Doctor Machado González o el peticionado, y le impuso honorarios de abogado.
Por los fundamentos que expondremos a continuación, se acoge el recurso como uno de certiorari, se expide el auto, se revoca la Sentencia apelada y se devuelve el caso al Tribunal de Primera Instancia para la continuación de los procedimientos conforme a lo dispuesto en la presente Sentencia.
-I-
En el contexto de un pleito sobre una Petición de Incapacidad y para Designación de Tutor[1], el peticionario aseveró que sus hermanos, la señora Norma Machado Ortiz y el señor Ricardo Felipe Machado Ortiz, en conjunto los apoderados, han incurrido en prácticas de explotación financiera y han privado a su padre, el Doctor Machado González, de los tratamientos médicos que necesita. Alegó que, desde antes de la otorgación del poder duradero, el Doctor Machado González no está capacitado para administrar sus propios bienes. Además de la declaración de incapacidad judicial, solicitó el nombramiento de un tutor provisional, que no sea integrante de la familia Machado Ortiz, mientras se dilucida la incapacidad de su padre y hasta que se nombre a un tutor en propiedad.
El señor Machado Ortiz destacó, a su vez, que está impedido de proveer una evaluación médica, objetiva y completa, sobre las condiciones de salud que padece el Doctor Machado González porque los apoderados le niegan esta información y tampoco comunican las veces en las que el Doctor Machado González ha sido hospitalizado en condición crítica. Por consiguiente, el peticionario recomendó a una psiquiatra y a un neurólogo de su preferencia para realizar la evaluación de la presunta incapacidad. Finalmente, solicitó una orden para paralizar el ejercicio de las facultades otorgadas a los apoderados, la señora Norma Machado Ortiz y el señor Ricardo Felipe Machado Ortiz.
Por su parte, el Doctor Machado González presentó una Moción Solicitando Desestimación del Caso.[2] Alegó que el señor Machado Ortiz intenta nuevamente incapacitarlo, a pesar de que el TPI concluyó que en nuestro sistema de derecho se presume la capacidad mental y el peticionario no pudo controvertir esa presunción. También indicó que, conforme resolvió el foro primario, la Petición del señor Machado Ortiz, a los efectos de que varios médicos lo evalúen, “parecía más una expedición de pesca o un ataque colateral al Poder Duradero otorgado… a favor de sus otros dos hijos”. Así pues, adujo que el TPI determinó que un informe en el que se indica que el Doctor Machado González padece Parkinson no es suficiente para someterlo a una batería de exámenes médicos. En todo caso, el foro primario entendió que eso sería una intromisión indebida sobre su persona.
Por otro lado, arguyó que, aunque en los casos de familia los asuntos no advienen finales, esta normativa no aplica al pleito de epígrafe “[s]alvo que tales procedimientos de la jurisdicción voluntaria se conviertan en asuntos contenciosos…”. Enfatizó que solo el primer caso de incapacidad, que presentó el peticionario, fue contencioso y el foro sentenciador lo desestimó. Argumentó, además, que el Tribunal de Apelaciones definió la ley del caso cuando emitió una Resolución el 10 de noviembre de 2021, tras atender las mismas controversias y los mismos hechos. Según el foro intermedio, el Doctor Machado González otorgó la Escritura Núm. 4 sobre poder duradero, la cual goza de validez, y de la misma escritura surge que se le explicó al otorgante que el poder duradero se mantendría subsistente y válido durante todo el proceso de su enfermedad incapacitante o de ser declarado incapaz judicialmente para administrar sus bienes. Así pues, el peticionado solicitó al TPI: desestimar la Petición del señor Machado Ortiz por constituir cosa juzgada, impedimento colateral e ir contra la ley del caso; sancionar la conducta temeraria, irrespetuosa e impertinente de la parte; y emitir una orden para el pago de honorarios de abogado.
Con el beneficio de la comparecencia de ambas partes, el TPI determinó lo siguiente:
[E]l peticionario no presentó prueba médica alguna que derrotara, ni al menos de manera prima facie, la presunción de capacidad que establece el Código Civil en su artículo y que discute la jurisprudencia aplicable a los efectos.
[…]
Mas aún, el peticionario, Sr. Richard Machado Ortiz, presentó el mismo documento que unió a la petición del caso civil BY2020RF1044 que YA FUE ATENDIDO Y RESUELTO por este mismo Tribunal, del cual se recurrió en alzada al Tribunal de Apelaciones y al Tribunal Supremo y a la fecha ya fue dispuesto en su totalidad denegando el mismo. Se trata a claras luces de una controversia que ya fue adjudicada por el Sistema Judicial de Puerto Rico. Es un asunto final. No tenemos dudas de que se trata de que hay cosa juzgada y más aún impedimento colateral por Sentencia.
[…]
El petitorio del Sr. Machado Ortiz era que se ordenaran evaluaciones por médicos de su selección, pretendiendo, igual que en el caso anterior, que se iniciara una expedición de pesca (fishing expedition) para sustentar sus alegaciones.
[…]
Tampoco nos convence la alegación hecha por el peticionario, por medio de sus abogados, a los efectos de que en el caso anterior no se dictó Sentencia y que por ello no aplica el impedimento colateral, o que en caso anterior el Tribunal no atendió la controversia, todo lo contrario. Este Tribunal examinó y leyó la detallada Sentencia dictada por este Tribunal, la cual atendió y resolvió todos los asuntos planteados y que, aunque se recurrió en alzada NO fue revocada. Una lectura minuciosa tanto de la Sentencia de este Tribunal, como de la Resolución del Tribunal Apelativo, contienen [sic.] todo el tracto de los eventos que tuvo ante sí este Tribunal en el caso anterior, donde a claras luces surge que se trató de una asunto altamente litigado, con gran cantidad de mociones y solicitudes de órdenes, sustenta nuestra conclusión que se trata del mismo petitorio, con los mismos hechos, la misma prueba y que nos inclina a desestimar su caso.
[…]
El Dr. Machado González otorgó una escritura de Poder Duradero el 2 de julio de 2020, suscrito ante la Notario Anne Marie Huertas Solares mediante la Escritura Núm. 4. En la referida escritura el Dr. Machado González, (poderdante) designó a dos de sus hijos, Norma y Ricardo Felipe Machado Ortiz como apoderados, para administrar sus bienes, con el propósito de garantizar que, en el caso de alguna enfermedad o incapacidad, continúe la operación de sus negocios y actividades comerciales a la vez que se le provean los recursos necesarios que garanticen buena calidad de vida, salud, comodidad y atenciones médicas y hospitalarias.
[…]
A nuestro entender, dicho instrumento otorgado sustituye el procedimiento de incapacidad presentado, ya que regula por sí mismo lo concerniente a la administración y enajenación de sus bienes por lo que no existe un caso o controversia que el Tribunal tenga que atender, así como, además deja la petición de autos de exponer una reclamación que justifique la concesión de un remedio.
[…]
Por lo que, este Tribunal determina que procede la imposición de $2,000.00 por concepto de honorarios de abogado a favor del Dr. Machado González a ser pagados en un término de 30 días.[3]
En desacuerdo con la determinación, el peticionario presentó una Moción de Reconsideración[4], que el TPI declaró no ha lugar[5].
Aun inconforme, el Doctor González Ortiz presentó una Apelación en la que invoca la comisión de los siguientes errores:
EL TPI ERRÓ Y ABUSÓ DE SU DISCRECIÓN AL EMITIR SENTENCIA DESESTIMANDO LA CAUSA DE ACCIÓN BAJO LA REGLA 10.2(5) DE PROCEDIMIENTO CIVIL AL APLICAR LA DOCTRINA DE IMPEDIMENTO COLATERAL Y SIN TOMAR COMO CIERTAS LAS ALEGACIONES DE LA PETICIÓN.
EL TPI ERRÓ AL IMPONER REQUISITOS INEXISTENTES Y ONERESOS [SIC.] AL APELANTE CON RESPECTO AL PROCEDIMIENTO DE DECLARACIÓN DE INCAPACIDAD Y NOMBRAMIENTO DE TUTOR.
EL TPI ERRÓ AL DESESTIMAR LA PETICIÓN DE INCAPACIDAD Y DESIGNACIÓN DE TUTOR SIN LA DEBIDA CELEBRACIÓN DE UNA VISTA EN SU FONDO PARA AQUILATAR LA PRUEBA SI PROCEDE O NO DECRETAR LA INCAPACIDAD DEL DOCTOR MACHADO ANTE LO DISPUESTO EN EL CÓDIGO CIVIL DEL 2020.
EL TPI ERRÓ Y ABUSÓ DE SU DISCRECIÓN AL DETERMINAR QUE EL OTORGAMIENTO DE UN PODER DURADERO REEMPLAZA EL PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE INCAPACIDAD.
EL TPI ERRÓ Y ABUSÓ DE SU DISCRECIÓN AL IMPONER HONORARIOS DE ABOGADO POR TEMERIDAD AL APELANTE.
Luego de revisar los escritos del peticionario; del Doctor Machado González y de los interventores; Norma Machado Ortiz, Ricardo Felipe Machado Ortiz y Norma Ortiz Colón, así como los documentos que obran en autos, estamos en posición de resolver.
-II-
A.
Como cuestión de umbral, la Regla 52.1 de Procedimiento Civil establece el alcance de la revisión discrecional de las resoluciones u órdenes...
Para continuar leyendo
Comienza GratisAccede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.