Ley Núm. 116 de 23 de Septiembre de 2005 de Enmienda Art. 7 de Consejo de Educación Superior

EventoLey
Fecha23 de Septiembre de 2005

Ley Núm. 116 de 23 de septiembre de 2005

(P. de la C. 273)

Para adicionar el inciso (24) al Artículo 7 de la Ley Núm. 17 de 16 de junio de 1993, según enmendada, conocida como "Ley de Consejo de Educación Superior de Puerto Rico", a fin de facultar al Consejo a coordinar, con las autoridades de las instituciones de educación superior públicas y privadas, la política en torno a la situación de los estudiantes reservistas que son llamados al servicio militar activo.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Aproximadamente, treinta por ciento de los miembros de la Guardia Nacional de Puerto Rico y la Reserva Militar de los Estados Unidos son estudiantes universitarios. Si bien es cierto que en relación a las becas y ayudas económicas, la legislación federal contempla una política de reembolso y crédito para estudiantes que son activados al servicio militar, no es menos cierto que persiste la necesidad de coordinar y velar por el establecimiento y cumplimiento de dichas garantías, entre otros extremos relacionados con la problemática que confrontan los estudiantes que son llamados al servicio militar activo, por motivo de no poder completar sus cursos y créditos.

Existen casos en que estos estudiantes, no tienen garantías concretas de que recibirán reembolso de la matrícula o cuotas que hayan pagado por el semestre o término que no hayan podido completar, o de que recibirán créditos parciales por el trabajo completado o la calificación "incompleto" en el curso, o aún más, si se les concederá el derecho a reintegrarse a la institución, una vez completado el servicio militar activo. Además, en aquellos casos en que los estudiantes reservistas o guardias nacionales son llamados a servir por largos períodos de tiempo, no existen garantías que interrumpan la caducidad de sus créditos universitarios.

La Asamblea Legislativa considera que la perpetuación de esta situación constituiría una grave injusticia para con aquellos valientes y generosos jóvenes puertorriqueños que acuden al llamado de la defensa nacional dispuestos a sacrificar hasta sus vidas por nuestras libertades y derechos, así como las de muchos de nuestros hermanos y hermanas alrededor del mundo.

El propósito de esta legislación es, principalmente...

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